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EL LIBERAL . Santiago

Los farmacéuticos de Santiago recibieron con preocupación la nueva medida

15/11/2020 00:41 Santiago
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Los farmacéuticos de Santiago recibieron con preocupación la nueva medida Los farmacéuticos de Santiago recibieron con preocupación la nueva medida

Hugo Navarro, presidente del Colegio de Farmacéutico de Santiago del Estero, expresó sus reservas sobre la aprobación del cannabis para uso medicinal, y dijo que fue recibida “con preocupación” la nueva reglamentación, ya que a su entender, “se contradice con la que se hizo en 2017”, lo cual los “desorienta”, y los llevó a realizar un análisis más riguroso de la medida.

“En realidad, la estamos estudiando, y nos desorientan las consideraciones de la ley aprobada en 2017 con las del decreto nuevo, ya que en aquella oportunidad se hablaba de asegurar la calidad del producto, con el trabajo de agencias del gobierno para su cultivo, y en la distribución de los aceites, justamente intentando garantizar la máxima calidad, para ser utilizado como medicamento”, analizó.

Lamentó que durante todo este tiempo no se haya hecho nada, “porque el cannabis se compra en cualquier lugar menos en farmacias”, y que con esto de legalizar el cultivo, “si bien se habla de la venta en farmacias, un poco se contradice con la idea inicial, ya que al haber un libre cultivo, se está dejando todo a merced de la obtención de la producción casera”.

“No conocemos realmente cuáles serán las pautas concretas respecto del control de la cantidad de semillas, o de plantas que se permitirá, o el tipo de plantas, porque hay mucha variedad dentro de las plantas de cannabis, con características distintas. En realidad, no lo entendemos como una mejora en lo que sería la obtención de un producto de calidad”, analizó el dirigente farmacéutico.

También dijo desconocer “si hay una reglamentación específica para llevar adelante la producción o el tipo de planta que necesita el paciente en especial” por lo que consideró que “todo está en una nebulosa”.

Hasta el momento, las farmacias no comercializan ningún producto derivado del cannabis, porque no se reglamentó la elaboración, “en la que se habló de que serían organismos del estado, incluso las universidades, las que se encargarían del control, el cultivo, el control de calidad, y no salió a la fecha algo producido como medicamento”.

“Si sabemos que hubo comercialización fuera del ámbito de las farmacias, porque nosotros no podemos recibir un producto que no esté avalado por la Anmat. El aceite o las gotas se encuentran hoy en cualquier lado menos en la farmacia. Ahora, el hecho de que se autorice en un futuro su venta en farmacias, deberá ser algo que esté controlado, lo que de alguna manera se contradice con el autocultivo, por lo que es confuso todo”, concluyó Navarro.

Los artículos principales de la reglamentación

Los artículos principales de la reglamentación

Según el artículo 7 de la reglamentación, podrán acceder a la planta de cannabis y sus derivados los pacientes que ‘tuvieren indicación médica’ quienes ‘podrán adquirir especialidades medicinales elaboradas en el país, importar especialidades medicinales debidamente registradas por la autoridad sanitaria o adquirir formulaciones magistrales elaboradas por farmacias autorizadas u otras presentaciones que en el futuro se establezcan’.

Asimismo, en el artículo 8, la norma incluye la autorización del cultivo personal y en red para los usuarios, investigadores y pacientes que se registren el Programa nacional de Cannabis (Reprocann), que estará bajo la égida del Ministerio de Salud. Así tanto particulares como organizaciones y universidades podrán cultivar cannabis con fines terapéuticos.

“El Reprocann registrará, con el fin de emitir la correspondiente autorización, a los y las pacientes que acceden a través del cultivo controlado a la planta de cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor”, agrega la ley.

Autorización

“Los y las pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación. Podrá inscribirse en el Reprocann quien cuente con indicación médica y haya suscripto el consentimiento informado correspondiente”, especifica

Todavía faltan las resoluciones que establezcan los límites en la cantidad de plantas permitidas en los lugares de cultivo, en tanto la mayor preocupación concierne a la calidad y la proporción de los componentes activos: el componente psicoactivo THC y el CBD (cannabidol).

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