Reglamentan planes de medicina prepaga más baratos, pero con copago Reglamentan planes de medicina prepaga más baratos, pero con copago
La Superintendencia de Servicios de Salud reglamentó la creación de planes con copagos (plus) cuyo valor debe ser al menos 25% menor a los que actualmente ofrecen las empresas.
Cada empresa de medicina prepaga deberá presentar para su verificación y registro por parte de la Superintendencia una declaración jurada, por cada uno de los nuevos planes con cobertura integral y copagos, cuyo valor final para el usuario deberá ser al menos 25% inferior a las propuestas vigentes sin copagos.
También tendrán que adjuntar los cuadros tarifarios con el detalle de los valores de copago para todas las prestaciones. Estos planes, serán idénticos a los ya ofrecidos por las prepagas, con la diferencia que podrán cobrarse copagos o plus -es decir, pagar una suma extra a la hora de recibir atención- en determinadas prestaciones de primer y segundo nivel.
Entre las primeras, figuran las consultas médicas; psicología; prácticas de laboratorio, pruebas diagnóstico-terapéuticas; prácticas kinesio-fisiatras; prácticas de fonoaudiología/foniatría; atención domiciliaria (códigos verde y amarillo) y odontología.
Las prestaciones de segundo nivel alcanzadas por la norma son Tomografía Axial Computarizada; Resonancia Magnética Nuclear; Radio Inmuno Ensayo; Laboratorio biomolecular, genético; Medicina nuclear; Estudios de imágenes que requieran preparación previa y/o uso de medio de contraste; entre otras.
En cualquiera de los casos, la norma excluye del pago del copago a personas gestantes, niñas de hasta tres años de edad; pacientes oncológicos y trasplantados, personas con discapacidad ni quienes estén en programas preventivos o reciban prestaciones y prácticas de urgencia.