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Diez claves respecto de en qué casos los agentes podrán utilizar armas letales

04/12/2018 00:00 Política
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La resolución 956/2018 dispone en qué casos el uso de armas letales es válido: 1) Defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves. 2) Para impedir la comisión de un delito grave, que presente peligro inminente para la vida de las personas. 3) Para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad. 4) Para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y su detención. 5) Se considera "peligro inminente" cuando "se actúe bajo amenaza de muerte o de lesiones graves para sí, o para terceros". 6) En caso de que "el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego se comprobase que se trataba de un símil de arma letal". 7) El mismo principio se aplicará "cuando se presuma verosímilmente que el sospechoso pueda poseer un arma letal". 8) Cuando integrase un grupo de dos o más personas y otro miembro del grupo posea un arma o haya efectuado disparos, o haya lesionado a terceras personas. 9) Cuando el sospechoso "trate de acceder a un arma en circunstancias que indiquen la intención de utilizarla" o si "efectuase movimientos que indiquen su inminente utilización". 10) Los agentes "deberán identificarse, intimando a viva voz a cesar la actividad ilícita".

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