Vence el 31 el plazo para que pymes accedan a beneficios Vence el 31 el plazo para que pymes accedan a beneficios
Las pymes santiagueñas así como también las del resto del país deberán registrarse para poder acceder a beneficios y al tratamiento impositivo especial que implementó el Gobierno para el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Cabe destacar que esos beneficios consisten en exclusión del impuesto a la Ganancia Minima Presunta, el diferimiento en el pago del IVA, el cómputo como pago a cuenta de ganancias de los impuestos sobre los créditos y débitos además de tomar también como pago a cuenta de ese impuesto hasta un 10% de las inversiones realizadas.
La Afip aclaró cada uno de los beneficios. En este sentido explicó que la exclusión en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta ‘no será aplicable a los ejercicios fiscales que se inicien a partir del día 1 de enero de 2017’.
Asimismo, el diferimiento en el pago del IVA tiene en cuenta que solo ‘podrán ingresar el saldo resultante de la declaración jurada del impuesto al valor agregado, en la fecha de vencimiento correspondiente al segundo mes inmediato siguiente al de su vencimiento original’.
En tanto, sobre el impuesto al cheque, la Afip señaló que ‘el Impuesto que hubiese sido efectivamente ingresado, hasta la finalización del ejercicio anual en curso, podrá ser computado como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias’.
En este sentido, la Afip realizó una jerarquización de cómo impactará en cada tramo el beneficio. Será de ‘un 100% para las micro y pequeñas empresas’ mientras que impactará ‘en un 50% por las industrias manufactureras consideradas ‘medianas -tramo 1-’.
En este punto, el organismo aclaró que ‘hay que tener en cuenta que las cuentas bancarias y otras operatorias deben estar a nombre del beneficiario categorizado’. Asimismo, ‘no se podrá trasladar a ejercicios futuros el remanente no computado, excepto en los importes autorizados por el decreto 380/01’.