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Boletín Oficial: cambios en las ART y en feriados

23/01/2017 08:42 Política
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Boletín Oficial: cambios en las ART y en feriados Boletín Oficial: cambios en las ART y en feriados

Mediante los decretos 54/2017 (sobre Riesgos del Trabajo), 52/2017 (sobre Feriados Nacionales) y 51/2017 (sobre la situación de congestionamiento de mercaderías arribadas al territorio aduanero argentino, sin destino aduanero), el presidente Mauricio Macri dispuso cambios.

El jefe del Estado aceleró la salida del decreto de necesidad y urgencia que modifica el régimen de ART con el objetivo de reducir el incremento de demandas judiciales en contra de las indemnizaciones por enfermedad e incapacidad.

Si bien el proyecto de ley ya tenía media sanción del Senado, Macri apuró el decreto para evitar que se sigan amontonando expedientes en los tribunales.

El nuevo esquema establece un trámite administrativo a través de las comisiones médicas que deben analizar los casos de accidentes laborales, las que tendrán que expedirse en un plazo perentorio de 60 días.

El otro DNU que publicado es el que le transfiere al Ministerio de Desarrollo Social, a cargo de Carolina Stanley, 4700 containers que están incautados o sin reclamar en la Aduana. Con esto el Presidente busca que esos elementos, entre los que hay ropa, juguetes y comida, entre otras cosas, se repartan entre organizaciones vulnerables o en zonas de catástrofe.

Otro de los proyectos que se demoraron en el Congreso fue el del nuevo cronograma de feriados. Si bien estaba incluido en el temario de sesiones extraordinarias del Congreso, no se trató. Los días no laborables serán 16, y se eliminan los feriados turísticos que estuvieron vigentes hasta el último año.

Cumplir con los 180 días de clases y reconocer que los feriados puente no generaron las ganancias esperadas en el sector turístico, pese a la resistencia que ejercieron para evitar el nuevo cronograma, son dos de los principales motivos que impulsaron al Gobierno a modificarlos.

"Los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los martes y miércoles serán trasladados al lunes anterior. Los que coincidan con los jueves y viernes serán trasladados al lunes siguiente", decía la norma que no fue tratada en el Parlamento, y que se mantuvo en el nuevo texto.

Las fechas exceptuadas son las correspondientes al 1° de Enero, Lunes y Martes de Carnaval, Viernes Santo, 1° de Mayo, 25 de Mayo, 9 de Julio, 8 de Diciembre y 25 de Diciembre.

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