Anulan absoluciones de directivos de un ingenio tucumano que contaminó el embalse Río Hondo Anulan absoluciones de directivos de un ingenio tucumano que contaminó el embalse Río Hondo
La Sala I de la Cámara
Federal de Casación Penal,
integrada por los jueces
Ana María Figueroa (presidenta),
Mariano Hernán
Borinsky y Gustavo Marcelo
Hornos hizo lugar al
recurso de casación interpuesto
por el Ministerio
Público Fiscal contra la decisión
del Tribunal Oral en
lo Criminal Federal de Tucumán
que había absuelto
a Santiago Daniel Gasep y
Luis Alberto Drube, explotadores
comerciales del ingenio
“La Trinidad”.
Estos están acusados por
infracciones a la Ley de Residuos
Peligrosos, por el
vuelco de desechos industriales,
entre ellos vinaza, a
cursos de agua que alimentan
el embalse Río Hondo.
Los jueces del máximo
tribunal penal federal del
país indicaron que el tribunal
de juicio que integraron
Gabriel Casas, Alicia Noli y
Adolfo Raúl Guzmán no tuvo
debidamente en cuenta
el alcance de la tutela penal
del medio ambiente que,
como bien jurídico, exigen
la Constitución Nacional y
los tratados internacionales
de derechos humanos de los
que es parte nuestro país.
En particular, los magistrados
sostuvieron que la
sentencia recurrida no valoró
correctamente las pruebas
presentadas durante el
debate oral, que ponían en
cuestionamiento la eficacia
del sistema de depósito de
efluentes provenientes del
ingenio -de probada toxicidad-,
por lo que se ordenó
el reenvío del caso al tribunal
de origen para que dicte
un nuevo pronunciamiento
tomando nota del fallo de
Casación. También, le ordenó
que evalúe nuevamente
las pruebas colectadas en el
proceso “conforme a los parámetros
esbozados en esta
decisión”.
El representante del Ministerio
Público Fiscal, Pablo
Camuña, interpuso el recurso
de casación ante el fallo
del Tribunal Oral Federal
de Tucumán. El fiscal sostuvo
que la sentencia contenía
“una defectuosa consideración
de extremos conducentes
para la correcta solución
de la causa”, al aseverar
que carecía de “motivación
y fundamentación suficientes
al haber omitido de manera
arbitraria la valoración
de argumentos esgrimidos
sobre pruebas” incorporadas
al proceso.
En su extenso escrito, el
fiscal Camuña recordó que
el ingenio La Trinidad ingresó
al Programa de Producción
Limpia en diciembre
de 2003, que suponía
la firma de acuerdos individuales
por los cuales los empresarios
azucareros reconocían
la necesidad de dejar
de desechar vinaza en cursos
de agua.
Además, observó que
Azucarera del Sur SRL (explotadora
del ingenio) ingresó
luego al Plan de Reconversión
Industrial de la
Cuenca Salí-Dulce en 2007
y que en dicho documento
“aceptó expresamente que
su actividad ‘es potencial generadora
de riesgos para el
ambiente de la cuenca Salí-
Dulce’”. Al respecto, apuntó
que la firma había sido sancionada
en reiteradas oportunidades
antes de ingresar
en este programa ambiental
nacional.
También señaló que
hasta el año 2005, los dos
efluentes líquidos principales
del ingenio eran mezclados
y se volcaban de manera
directa en el punto del dique
Santa Isabel en el curso del
río Gastona que culmina en
el dique Frontal en Las Termas
de Río Hondo (Santiago
del Estero).
Indicó que en 2007 se
puso en funcionamiento un
supuesto sistema por el cual
el efluente mezclado se canalizaba
al “Canal Monteagudo”
que conducía el desecho
unos 20 km hasta
una finca donde se constituyó
una “laguna de sacrificio”
para almacenar los desechos.
Sin embargo, apuntó
que la misma no cumplía
con las leyes, según determinó
la Secretaría de Ambiente
y Desarrollo Sustentable.
Agregó que en varias
oportunidades la laguna fue
rebalsada por la cantidad de
vinaza acumulada y que el
efluente terminó en los ríos
que alimentan el embalse
tucumano- santiagueño
A ello, sumó
que también contaminaba
los ríos por la filtración
misma del suelo del depósito
que no contaba con ningún
tipo de tratamiento para
que fuera impermeable.
El fiscal expuso que los
efluentes industriales se
mezclaban a pocos metros
de la salida del ingenio con
el efluente de fábrica; que
circulaban el primer tramo
en un canal público a cielo
abierto que pasaba por
la localidad de La Trinidad
incluida una escuela adyacente
y un barrio de viviendas.
Mencionó que del canal
emanaba “un olor putrefacto
y generaba una colonia de
moscas y gusanos. El canal
pasó a denominarse “Canal
del gusano”.
Este curso desembocaba
en una laguna de sacrificio,
a escasos metros de los ríos
Chico o río Medina, la cual
como se apuntó, fue rebalsada
y volcaba los efluentes
en los cursos de agua.