Por Guillermo F. Ruiz Alvelda- Abogado-Profesor de Derecho Penal II-U.C.S.E.
Sobre "Fichas" y "Limpieza" Sobre "Fichas" y "Limpieza"
Al lograr el quórum necesario comenzó el debate sobre proyecto de ley denominado "Ficha limpia" en nuestra Cámara Baja de la Nación que, como se conoce, se refiere a que nadie que tenga prontuario con antecedentes penales de condena pueda ser integrante del Poder Legislativo, lo que para algunos es una forma de proscripción política dirigida en particular a la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner.
Más allá de tales especulaciones difundidas por la prensa hasta el hartazgo, creo que debemos volver a la consideración principal, es decir que ningún ciudadano que haya merecido condena por delitos pueda no sólo no ser integrante sino ni siquiera candidato a tan alta función, claro que ello debe considerarse en el ámbito de cargos legislativos nacionales (diputados y senadores) puesto que las autonomías provinciales garantizan que salvo leyes locales tal eventual o posible acogimiento de norma similar vaya a ser una consecuencia inmediata o próxima.
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Tal debate de orden esencialmente moral no requiere de mayor análisis puesto que por una cuestión no ya de idoneidad ni aptitud (requisitos constitucionales para desempeño de funciones públicas) debería acaso atenderse más a la "dignidad" de los postulantes ante el electorado, ya que en ésas funciones la probidad personal más allá de toda duda es algo caso obvio que no debería ser necesario que por ley de la Nación sea exigido como "requisito" sino que se presume que los partidos políticos y los candidatos propuestos por los mismos han tamizado ya previamente que ésas condiciones estén presentes en éstos.
Así como para cualquier trabajo público y hasta en gran número de empleadores privados se requiere certificado de "buena conducta" de la persona a contratar y algunas veces constancia de inexistencia de antecedentes penales que expide el Registro Nacional de Reincidencia, no debe existir privilegio para que nadie escape a tal regla y más aún en relación con integrantes de poderes del Estado que no sólo deben cumplirla sino que su rol tiene carácter ejemplificador por el honor de pertenecer a tan esencial función republicana.
Pero si de "fichas" se trata no sólo se debería, en mi concepto, sólo acudir a la exigencia de inexistencia de antecedentes penales sino que hay -al menos- otros dos aspectos que deberían ser materia de igual preocupación: 1-Que el candidato no tenga deudas pendientes o impagas por tributos nacionales ni de la provincia a la que representará o pertenece, ya que sería casi una contradicción esencial que un deudor fiscal sea precisamente quien tenga en el Parlamento la voz del pueblo (diputados) o de los Estados Provinciales (senadores) si es que por otra parte (y antes de su postulación) no se hace merecedor de la confianza que implica el cumplimiento primordial en lo que hace a tributos por la actividad profesional o productiva que tal candidato deba acreditar; y 2-Así como utilizan tantos a los niños como objeto de las más variadas temáticas y planteos, sería también positivo que se obligue a candidatos con menores a cargo y con obligaciones alimentarias respecto de los mismos (padres o madres no convivientes con tales obligaciones fijadas en beneficio de sus hijos) que con igualdad carácter imperativo demuestren no tener deudas por éstos conceptos, con lo cual no sólo se satisfaría aún más la dignidad de la "ficha limpia" en cumplimientos de las convenciones internacionales que hacen a la obligación estatal de protección de los "derechos del niño" y que tantos progenitores no observan respecto de sus propios descendientes directos.
Sería quizá ésta una buena oportunidad para que éste aspecto que para muchos (ciudadanos comunes y funcionarios públicos) es situación de muy numerosa casuística y que no se hace constar en registro público alguno, demuestren de tal forma que en el comportamiento moral personal tan mínima condición de responsabilidad esté resguardada y que no hay reclamos judiciales o administrativos en tal sentido por los que esté sindicado.
O sea, que no aparezca como preocupante sólo el ítem de "limpieza frente al delito" sino también ante los dos aspectos antes sugeridos que darán al electorado -y a los propios partidos que los postulen- la tranquilidad en que la labor parlamentaria está realizada sobre una base de tranquilidad social en cuanto a que nuestros representantes sean no sólo aptos -como se dijo- sino además y primordialmente dignos de ejercer tan importante función como es la de debatir y emitir decisiones normativas (leyes) que rigen los destinos de los habitantes y del Estado mismo que tiene igual exigencia de respetar.