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Alarmante: por mes se reciben más de 50 denuncias por abuso sexual de niños 

En apenas la mitad del año, la Justicia bandeña ya alcanzó al número de casos registrados en todo el año 2022. El grooming, un delito que se acrecienta notablemente. Indicadores para tener en cuenta y quién puede hacer la denuncia penal.

FISCAL COORDINADORA Dra María Alicia Falcione

FISCAL COORDINADORA Dra. María Alicia Falcione.

24/09/2023 06:00 Policiales
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Alarmante: por mes se reciben más de 50 denuncias por abuso sexual de niños  Alarmante: por mes se reciben más de 50 denuncias por abuso sexual de niños 

El abuso sexual infantil (ASI) es sin duda uno de los delitos más aberrantes y considerado también como el "crimen encubierto más extendido en la humanidad". Lamentablemente, según los registros de la Unidad Fiscal de Delitos Contra la Integridad Sexual los número crecieron considerablemente este año.

La mencionada unidad de investigación de ataques contra la integridad sexual, que comprende los departamentos Banda y Robles, fue creada en el año 2015. Es la primera en la provincia y está integrada por la Dra. María Alicia Falcione (coordinadora) y dos fiscales auxiliares (Dras. Daniela Yslas y Ana Azar), quienes investigan minuciosamente los aberrantes hechos.

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Las Fiscales trabajan junto con tres abogadas —Natalia Juárez, Sonia Lobos y Nahir Basbús— y un gabinete interdisciplinario especializado, formado por trabajadores sociales y psicólogos.

La Dra. Falcione habló en exclusiva con EL LIBERAL e informó que las denuncias se incrementaron considerablemente. "Se pudo advertir un incremento innegable de las denuncias relacionadas con hechos cometidos contra la integridad sexual", comenzó diciendo.

Sostuvo que "aproximadamente recibimos entre 50 y 60 denuncias por mes. Y estos números se fueron incrementando con el pasar de los años. Por ejemplo en julio de este año 2023 ya alcanzamos el número total de las causas ingresadas el año 2022".

Sobre esos datos escalofriantes la fiscal resaltó: "Aproximadamente el 70% de las casos son intrafamiliares y las víctimas son menores de edad. En el abuso sexual infantil particularmente, nosotros como parte del Estado debemos otorgar una mayor protección conforme los tratados internacionales".

Desde su Unidad se busca "dar a las causas un tratamiento acorde a las características propias de estos ilícitos, los cuales se cometen "entre paredes", procurando la ausencia de testigos y por ende es necesario una investigación más profunda de estos hechos".

Trabajo mancomunado

La Dra. Falcione dijo que en muchos casos "la escuela se constituye como un actor fundamental en la detección, en la derivación y en el seguimiento y contención del alumno/a y su familia porque con base en nuestra experiencia, en una gran cantidad de casos, los docentes son los primeros en advertir en los niños, algún indicador de abuso sexual".

Son los docentes quienes "ya sea en sus comportamientos, en sus dibujos, en su rendimiento escolar detectan el ultraje. Así como también muchas veces los docentes se convierten en depositarios del secreto familiar del abuso, ya que resultan ser las personas en quienes los menores confían y logran expresarles su padecimiento en un claro pedido de ayuda".

Indicó que "la escuela es un lugar idóneo para la prevención; enseñar a nuestros niños a cuidar su cuerpo, a respetar y hacer respetar sus derechos y los de sus compañeros nos situará en el camino de lograr una infancia con menor sufrimiento" indicó.

"Teniendo en cuenta que el ASI fue considerado por las Naciones Unidas como el 'crimen encubierto más extendido en la humanidad' (Volnovich J.C. ,2003), que sabemos implica una de las peores formas de violencia, debemos aunar esfuerzos, fomentar la capacitación de la sociedad en los distintos ámbitos, educativos, de salud, Poder Judicial, en pos del interés superior del niño, con un verdadero respeto de sus derechos, una perspectiva de niñez y una mayor sensibilidad a la realidad que viven los niños niñas y adolescentes", finalizó.

Articulaciones con hospitales y centros de salud

Sobre los trabajos articulados que se realizan con los lugares médicos donde también se detectan casos de abuso infantil, la Dra. Falcione remarcó: "Nosotros en particular trabajamos de manera coordinada y estrecha comunicación con el CIS Banda y también en algunos casos con el Cepsi".

"Tanto en lo que hace al momento de un develamiento o sospecha, los asesores legales nos comunican y se pone en marcha el proceso penal simultáneamente con la intervención de personal interdisciplinario del hospital que asisten a las víctimas", manifestó.

Pautas de alarma e indicadores de ASI

Los delitos de abusos sexuales son cometidos siempre dentro de un ámbito de privacidad, aislados, procurando la ausencia de testigos presenciales. Por eso se lo denomina delito intramuros, o entre paredes, y es justamente esta circunstancia lo que dificulta la obtención de pruebas.

Es en este marco que "el relato de la víctima adquiere preeminencia, siempre que el mismo sea coherente y comprensible, valorando obviamente que la versión que puedan dar las menores de edad es diferentes a la de las personas adultas, y no pueden asimilarse, y debe ser valorado con el resto de las pruebas y más precisamente con el resultado de las evaluaciones psicológicas" remarcó la Dra. Falcione. Explicó que existen "indicadores específicos de ASI como las lesiones genitales y el relato de la víctima como también indicadores inespecíficos, tales como trastornos de la alimentación, enuresis, encopresis, infecciones urinarias repetidas sin causa orgánica o externa identificable".

Explicó que entre los "indicadores psicológicos se encuentra el llanto inmotivado, angustia, conductas hipersexualizadas, trastornos del sueño, alteraciones en el rendimiento escolar, fugas del hogar, aislamiento, etc".

Ante una evidencia o sospecha de ASI se debe intervenir. ¿Por qué?

- Porque es una situación constitutiva de delito.

- Porque el abuso sexual produce un intenso sufrimiento.

- Porque puede tener graves consecuencias para los NNA que lo padecen.

- Porque vulnera los derechos de los NNA.

- Para evitar que el ASI se reitere y/o eventualmente afecte también a otros niños convivientes.

Incremento de casos de Grooming

La Dra. Falcione manifestó que otro delito en incremento tiene que ver con el grooming, hecho que se configura cuando una persona mayor de edad, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a un menor de edad, con el propósito de cometer cualquier de ilícito contra la integridad sexual. 

"Por ejemplo cuando alguien con su identidad o usando una identidad falsa, contacta a un menor, genera un vinculo de confianza, compartiendo intereses en común, luego pasan al envío de fotografías y videos de contenido sexual, y propuestas por ejemplo de encuentros para mantener relaciones sexuales", explicó la Fiscal.

"Considero que hay un compromiso de todos. Un ejemplo fue la creación e implementación del Protocolo interinstitucional de abordaje de niños, niñas y adolescentes víctimas y testigos de abuso sexual para nuestra provincia en el 2017 por el Poder Judicial", indicó.

¿Quién puede hacer la denuncia penal? 

El Código Penal incluye como acciones de instancia privada las que se refrieren a los delitos sexuales, lo cual significa que se exige en principio la realización de una denuncia del agraviado, de su tutor, guardador o representantes legales. Pero el código contempla excepciones: "Son los casos en los que me habilita a actuar de oficio y justamente en ese punto hubo una modificación en el Código Penal a partir del 25/10/2018. Antes solo se podía actuar de oficio por ejemplo en aquellos casos en que el menor víctima no tuviera padres tutores o guardadores o si el delito era cometido por uno de ellos o cuando había interés gravemente contrapuestos (ejemplo, la madre que no quiere denunciar al concubino agresor, o al hermano agresor, etc.)".

A partir de la reforma "se permite actuar de oficio, lo que significa que no necesito denuncia, cuando la víctima fuere menor de 18 años o haya sido declarada incapaz. Cualquier persona que tenga conocimiento de que un menor de edad es víctima de un delito contra su integridad sexual, puede denunciarlo".

"Conforme a nuestra experiencia diaria, ocupan en las estadísticas el 70% de los casos, como también aquellas situaciones que lamentablemente abundan y se dan cuando por ejemplo la madre de la víctima tolera o permite el abuso y no insta la acción penal, para preservar supuestamente la unión familiar o no agravar la situación familiar. Son justamente en estos casos, dando prevalencia al interés superior del Niño, que la Fiscalía puede actuar de oficio. Esto es así ya que si bien la víctima menor de edad no está autorizada legalmente para expresar su voluntad, tampoco pueden quedar en un estado de indefensión ante un probable abuso sexual", expresó.

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