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Transportes de larga distancia podrán establecer libremente recorridos, precios y duración de los servicios

Nueva reglamentación del Gobierno nacional.

10/12/2024 09:59 País
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El Gobierno Nacional oficializó la desregulación del transporte automotor de pasajeros de larga y media distancia y de oferta libre mediante la Resolución 57/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial. La medida, impulsada por la Secretaría de Transporte y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, pretende modernizar un régimen con más de 30 años de antigüedad, según explicaron desde el área que encabeza Franco Mogetta.

La normativa introduce un sistema simple y digital que reemplaza los permisos rígidos y la burocracia excesiva por un régimen declarativo, gratuito y online. Los transportistas deberán registrarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), completando información como nóminas de vehículos y conductores, títulos de propiedad, contratos de leasing y pólizas de seguro.

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El trámite, obligatorio para prestar servicios, tendrá carácter de declaración jurada y permitirá a los transportistas recibir notificaciones electrónicas. Una vez completado el registro, se emitirá un Certificado de Alta de Transportista en un plazo de cinco días hábiles.

La medida establece que los transportistas podrán definir libremente recorridos, horarios, precios y modalidades de servicio, lo que se espera fomente la competencia y ofrezca mejores opciones a los pasajeros. Desde la Secretaría de Transporte señalaron que, antes de esta desregulación, cualquier cambio operativo podía tardar entre seis meses y un año en ser aprobado. Ahora, las modificaciones podrán realizarse en un lapso mucho menor, con requisitos administrativos más ágiles.

Por otro lado, se unificarán los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP), lo que promete mayor transparencia y un ahorro de tiempo en la gestión de trámites.

Los transportistas que ya operan tendrán 60 días corridos para declarar sus servicios en el RNTAP. La resolución también autoriza a las empresas registradas a realizar servicios internacionales ocasionales en circuito cerrado, cumpliendo la normativa vigente.

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