La ley 27.568 fue aprobada por el Congreso en 2020 y establece el marco general del ejercicio profesional en el ámbito nacional.
Fonoaudiólogas satisfechas con la reglamentación de la ley Fonoaudiólogas satisfechas con la reglamentación de la ley
La comunidad de fonoaudiólogos del país celebró la del decreto que aprobó la reglamentación de la ley de Ejercicio Profesional de la Fonoaudiología, un instrumento que "jerarquiza la actividad profesional, brindando un marco legal autónomo, con terminología más apropiada, específica y adecuada para esta época", consideraron especialistas del medio.
Las licenciadas Roxana Molina y Anita Lemos, miembros de la Comisión Directiva del Colegio de Fonoaudiólogos, mencionaron que el instrumento "destaca también el reconocimiento de las especialidades".
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"Teniendo en cuenta que, de acuerdo con la forma federal de gobierno argentino, las provincias conservamos el poder de regular el ejercicio de las profesiones en el ámbito de sus territorios. La flamante ley invita a éstas a adherir a la misma o a adecuar sus normativas locales a sus principios y directivas", añadieron.
Recordaron que, en el caso de nuestra provincia, "los profesionales fonoaudiólogos, contamos con la ley provincial Nº5786 desde el año 1989, la cual vamos a revisar en sus artículos a fin de poder adherirnos parcial o totalmente a esta flamante reglamentación de la ley".
"En la ley se contemplan las actividades de promoción, prevención, estudio, exploración, investigación, evaluación por procedimientos subjetivos y objetivos que permitan el diagnóstico, pronóstico, seguimiento, tratamiento, habilitación y rehabilitación de las patologías de la comunicación humana en las áreas de lenguaje, habla, audición, voz, fonoestomatología, masticación, sorbición y deglución para el tránsito de la saliva y las relacionadas con la ingesta de la alimentación e intervención temprana", explicaron.
Las licenciadas Molina y Lemos aseguraron que la noticia fue recibida "con mucha alegría" en el colegio que agrupa, ya que "el ejercicio profesional de la fonoaudiología quedará reservado exclusivamente a aquellas personas que posean título de grado de fonoaudiólogo, licenciado en fonoaudiología o licenciado fonoaudiólogo, otorgado por universidades públicas o privadas, o un título equivalente expedido por universidades extranjeras, debidamente convalidado en el país".
Finalmente, mencionaron que entidades del país trabajan en la creación de residencias a fin de obtener las especialidades en fonoaudiología.