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Cuáles son las concesiones que haría el Gobierno para conseguir la aprobación del paquete fiscal

Son 5 y tienen como objetivo, ofrecer un punto de encuentro que preserve los aspectos más relevantes de la propuesta original.

Las concesiones del Gobierno para conseguir la aprobación del paquete fiscal (Foto- REUTERS  Agustin Marcarian) Por- REUTERS

Las concesiones del Gobierno para conseguir la aprobación del paquete fiscal. (Foto: REUTERS / Agustin Marcarian) Por: REUTERS

28/05/2024 18:56 Política
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Para el gobierno hay una premisa. Lo dice en público y en privado el ministro del interior, Guillermo Francos: "Las dos leyes (Bases y paquete fiscal) salen juntas. No hay una sin la otra". No obstante, las dos por separado reciben objeciones particulares.

El paquete fiscal es el diseño que el ministerio de economía hizo para darle un marco regulatorio a un cambio cultural que busca en la Argentina mejorarle la ecuación a quienes tengan capacidad de invertir para, así, terminar con el flagelo de la no-creación de trabajo privado genuino, fenómeno negativo que invade a la Argentina desde 2011.

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El posible nuevo dictamen del Senado sobre el paquete fiscal propuesto por el gobierno de Javier Milei refleja un ejercicio de ponderación y equilibrio que se distancia de la orientación original de la propuesta que el poder ejecutivo hizo a principios de año. Estas modificaciones parecen encaminar la iniciativa hacia una perspectiva más integral y sostenible en el largo plazo. Y, sobre todo, revelan la aceptación del gobierno de una irrefutable realidad política que lo encuentra en una profunda desventaja numérica puertas adentro del poder legislativo, especialmente en el Senado. Léase: sin estas modificaciones no hay ley posible.

Cuáles son las modificaciones que sufrirá la media sanción del paquete fiscal

Una de las enmiendas más importantes habilitadas por Milei con base en el pedido de legisladores opositores tiene que ver con la extensión del plazo de exclusión para que funcionarios públicos y sus allegados puedan acogerse al régimen de regularización de activos (artículo 47: incorpora sujetos excluidos). Al pasar de 5 a 10 años, se alinea con estándares internacionales como los aplicados en países como Perú, donde el período de restricción alcanza los 15 años después de dejar el cargo. Esta medida, impulsada por senadores como Martín Lousteau (UCR) y Mariano Recalde (UxP), apunta a fortalecer la integridad del proceso y evitar conflictos de interés, en línea con las recomendaciones de organismos como la OCDE.

Asimismo, la incorporación de un requisito para que la reglamentación contemple instrumentos financieros emitidos por provincias y la Ciudad de Buenos Aires para financiar obras públicas (artículo 32: Instrumentos financieros de las Provincias), representa un giro drástico. Esta modificación, promovida por senadores como Marcelo Fuentes (UxP) y Edgardo Kueider (UxP), evoca experiencias exitosas en países como Colombia, donde los fondos de regularización se han canalizado estratégicamente hacia proyectos de infraestructura regional, impulsando el desarrollo económico descentralizado.

En esa misma dirección, la facultad otorgada al poder ejecutivo para promover la inversión productiva y el crédito en las provincias de menor desarrollo relativo, recuerda iniciativas implementadas en el Banco de Desarrollo de Brasil (BNDES). Allí, los recursos de programas de blanqueo se destinaron a inyectar liquidez y financiamiento a pequeñas y medianas empresas en el interior del país, generando un efecto multiplicador en la actividad económica.

Otro aspecto relevante es el incremento del 20% en la alícuota del Impuesto sobre los Bienes Personales para quienes se acojan al régimen de regularización (artículo 70 bis). Esta medida, sugerida por senadores como Lucía Corpacci (UxP) y Guillermo Snopek (UxP), evoca el "impuesto a la riqueza" aplicado en países como España, Francia y Noruega, donde se busca una mayor contribución de los sectores de mayores recursos. Si bien es discutible a su alcance, refleja una preocupación por la equidad fiscal.

Finalmente, la incorporación de un régimen simplificado para pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, eximiéndolos del impuesto integrado y de aportes a la obra social, guarda similitud con programas implementados en países como Uruguay y Chile.

Fuente: Todo Noticias

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