La defensa pedirá el cambio de calificativa. Allí se centrará la puja, con la querella incluida, en el reproche penal. Marta Lorena Luna, prima de Gabriel Deck, pereció el 28 de enero en Colonia Dora, Avellaneda.
Fiscalía, por la preventiva de Kemel; defensa, por cambio de calificativa y libertad Fiscalía, por la preventiva de Kemel; defensa, por cambio de calificativa y libertad
Casi un mes después del horror, la Justicia de Añatuya, General Taboada, comienza a definir, desde hoy, el futuro inmediato de José Joaquín Kemel, a quien se atribuye la responsabilidad del accidente en que murió Marta Lorena Luna, prima de Gabriel Deck.
Desde las 10 de la mañana, arrancará una batalla legal entre el fiscal, Ezequiel Bustamante; por la querella, Franco Cejas Escalada y por la defensa, Miguel Torres.
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La madrugada del 28 de enero, Luna falleció tras ser atropellada por una 4 x 4 al mando de Kemel. El epicentro resultó la ruta 34 en Colonia Dora, Avellaneda, distante a 20 kilómetros de Añatuya. Sin que se tenga claro el sentido de circulación, a las 3.50, al llegar al kilómetro 564 estalló lo peor casi en el acceso principal a "Dora".
Las consecuencias
En el lugar, la mujer murió casi en el acto y Kemel resultó con heridas. Su vehículo recién se detuvo 200 metros más adelante.
Hoy, los abogados y el Ministerio Público Fiscal debatirán sobre el tipo penal por enrostrar a Kemel y la eventual también responsabilidad en la víctima.
Para la querella y la Fiscalía, la Justicia debe dictar prisión preventiva a Kemel por homicidio simple con dolo eventual. "La figura de 'homicidio simple con dolo eventual' se aplica cuando, para la Justicia, una persona tuvo que haberse representado que, al realizar una determinada acción, podría ocasionarle la muerte a alguien y, pese a prever ese posible resultado, continuó con su accionar y no hizo nada para evitarlo".
En ese tenor, indicaría que Kemel conducía su vehículo con 1,49 gramos de alcohol en sangre, detalle que indicarían no lo detuvo y devino en el triste fin de la motociclista.
Versión de la defensa
Por el contrario, Torres señalaría que la figura por reprochar a su cliente "debe ser homicidio culposo, de casi inmediata excarcelación. "Tiene lugar cuando se le causa la muerte a un tercero debido a una conducta negligente, es decir, cuando se realiza una acción que conduce a otro a la muerte sin tener la intención plena de matarlo: por descuido, ignorancia o irresponsabilidad".
La defensa bregaría por el cambio de calificativa e indicaría que el fallecimiento de Luna fue lamentable, pero ahondaría que la víctima quizá cruzó la ruta de un modo casi imprudente, sin verificar que circulaba un vehículo a corta distancia.
Después de un debate que se perfila intenso y prolongado, es probable que el juez/a falle de inmediato. O bien, difiera su decisión final, enfatizaron los voceros al cierre de esta edición.