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Claudia de Zamora impulsa una ley para proteger a los niños y niñas del grooming

“Debemos tomar acción y perfeccionar los tipos penales” indicó

“Debemos tomar acción y perfeccionar los tipos penales”, indicó.

14/11/2020 02:09 Política
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Claudia de Zamora impulsa una ley para proteger a los niños y niñas del grooming Claudia de Zamora impulsa una ley para proteger a los niños y niñas del grooming

La presidenta provisional del Senado, Claudia Ledesma Abdala de Zamora, presentó ayer en el marco del Día Nacional de la Lucha contra el Grooming, un proyecto de modificación del Código Penal en relación con este delito, con el fin de resguardar la integridad sexual de niños, niñas y adolescentes en internet.

La exgobernadora santiagueña, explicó que “la Argentina se encuentra entre los 10 países con más tráfico de contenido sexual infantil en el mundo y, según GroomingArg, en nuestro país 6 de cada 10 niños, niñas y adolescentes de entre 9 y 17 años hablan con desconocidos en internet”.

Precisó que “el proyecto propone modificar los artículos 119 y 131 del Código Penal, contemplando problemáticas que se observaron en la práctica a partir de la sanción de la Ley 26.904”.

Por último, la presidenta provisional del Senado planteó: “Debemos tomar acción y perfeccionar los tipos penales para proteger y velar por la integridad sexual de millones de niños, niñas y adolescentes, entendiendo que la tecnología forma parte central de sus vidas y que debemos estar ahí para no dejarlos solas y solos”.

Cambios y agravantes que se incorporarán

La senadora santiagueña detalló que entre las mejoras que introduce la nueva propuesta:

1. Tipifica las posibles acciones abusivas realizadas por el autor del delito, dado que la formulación actual general, al no requerir una conducta específica, resulta vaga e imprecisa.

2. Segmenta por edades las víctimas del delito, en función de su madurez sexual y cuando el consentimiento se encuentra violentado, e incluye a mayores de edad que por su grado de inmadurez no podrían haber consentido libremente el acto.

3. Contempla circunstancias que agravan el delito:

* Cuando por las circunstancias de realización o el tiempo que se extendió el hecho se produce un daño gravemente ultrajante

* Cuando haya un grave daño en la salud física o mental de la víctima.

4. También se plantea como agravante las características especiales del autor:

* Cuando tiene un parentesco o ciertos deberes especiales, como tutor, curador, ministro de un culto, docente educativo, profesional de la guarda o la salud o funcionario público.


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