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Los detalles de la ley de emergencia, de solidaridad y reactivación productiva

Cristina Kirchner presidió gran parte del debate Fue suplantada pasadas las 0 de hoy por la senadora Claudia de Zamora Pte Provisional del Senado

Cristina Kirchner presidió gran parte del debate. Fue suplantada pasadas las 0 de hoy por la senadora Claudia de Zamora, Pte. Provisional del Senado.

21/12/2019 01:19 Política
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Los detalles de la ley de emergencia, de solidaridad y reactivación productiva Los detalles de la ley de emergencia, de solidaridad y reactivación productiva

El proyecto de “solidaridad social y reactivación productiva” debatido anoche en el Congreso declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.

Uno de los aspectos principales es que suspende por 180 días la fórmula de movilidad jubilatoria que rige desde 2016, y durante esos seis meses el Poder Ejecutivo podrá fijar trimestralmente, de manera discrecional, el incremento de los haberes previsionales.

Además, se creará una comisión de la que participarán legisladores y expertos para elaborar un nuevo método de actualización jubilatoria, que será enviado como proyecto de ley al Congreso para su sanción.

Polémica por privilegios

Más allá de la suspensión de la fórmula, continuarán vigentes los regímenes especiales que tienen los jueces, diplomáticos, expresidentes, docentes, docentes universitarios, científicos y la prestación otorgada por la “Ley Brisa” para hijos de víctimas de femicidios.

En el caso de los jueces, diplomáticos y expresidentes, la oposición exigió tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado que no sean exceptuados del congelamiento de la fórmula jubilatoria, pero el oficialismo se negó a aceptar ese cambio.

Ante la fuerte polémica que se desató, el presidente Alberto Fernández realizó un anuncio en plena sesión del Senado: comunicó que promoverá una ley para terminar con las jubilaciones de privilegio de jueces y diplomáticos.

Dólares

Por otra parte, en la ley se crea un nuevo impuesto, denominado País (Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria), que regirá por cinco años. Se trata de un tributo del 30% para la compra de dólares para atesoramiento, compras en el exterior, compra de servicios que operen en el exterior y compra de pasajes al exterior.

De este gravamen, el 70% será destinado a la seguridad social y el 30% a obras de infraestructura. Cabe aclarar que se excluirán del alcance del impuesto País las transacciones efectuadas con anterioridad a la ley.

Según una reforma introducida en el debate en Diputados, se exceptuó del nuevo impuesto al transporte internacional tanto aéreo como terrestre y acuático, que sea abonado en pesos y que no tenga impacto cambiario.

Retenciones

En cuanto a las retenciones, se sube del 30% al 33% el tope para la alícuota de derechos de exportación de la soja; del 12% al 15% para el maíz; y se lleva al 5% para productos industrializados de economías regionales. Para los hidrocarburos y la minería, el techo que actualmente es del 12% baja al 8%.

En la Cámara de Diputados se incorporó un agregado para facultar al Poder Ejecutivo a establecer “mecanismos de segmentación y estímulo tendientes a mejorar la productividad” de pequeños productores. A su vez, se fijarán “criterios que estimulen la competitividad de la producción federal”.

Otra reforma es que el Ejecutivo deberá informar la modificación de las alícuotas ante una comisión integrada por miembros del Poder Legislativo, el Consejo Federal Agropecuario, y organizaciones del sector. Las alícuotas aumentadas no serán aplicadas a los distritos declarados en emergencia agropecuaria.

El 67% de los incrementos en las retenciones será destinado a la Anses, mientras que un 3% será para la creación de un “fondo solidario de competitividad agroindustrial” para estimular la actividad de pequeños productores y cooperativas a través de créditos. Esta compensación será administrada por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

En otro orden, se eliminó del proyecto original el polémico artículo 85, que facultaba al Ejecutivo a la “modificación, creación, fusión y supresión total o parcial de organismos descentralizados, así como la modificación de sus autoridades superiores, objetivos, funciones, atributos y competencias”.

En lo que respecta a los salarios, el proyecto establece la facultad de “disponer en forma obligatoria que los empleadores del sector privado abonen a sus trabajadores incrementos salariales mínimos”.


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