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La conciliación: una forma de resolución de conflictos dentro de los procesos judiciales

12/10/2018 00:00 Policiales
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La conciliación: una forma de resolución de conflictos dentro de los procesos judiciales La conciliación: una forma de resolución de conflictos dentro de los procesos judiciales

El paradigma de los cambios procesales, que apuntan a descongestionar los estrados tribunalicios y facilitar a los particulares las herramientas para llegar a una solución consensuada de sus conflictos, ganan terreno constantemente a nivel mundial, al tiempo que son motivo de encuentros y congresos para abordar la temática.

En ese sentido, el Dr. Pedro Basbús (vocal coordinador del Cemarc) subrayó los aspectos más considerables de estas nuevas formas de dirimir las contiendas y el correlato que las mismas representan en cuanto a su aplicación en la provincia.

En su rol de supervisor del Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos (Cemarc), afirmó: "Fomentamos un cambio en la cultura, de creer que toda resolución de conflicto ocurre sólo en Tribunales".

No a revolución

Destacó: "No pretendemos hacer una revolución de modificar de un día para otro toda una estructura de pensamiento que viene desde siglos, sino apuntamos a un empoderamiento del ciudadano de esta herramienta".

Requerido sobre nuevas tendencias mundiales, tras el XIV Congreso Internacional de Mediación y Cultura de la Paz, señaló que ponen énfasis en las problemáticas de las minorías: por ejemplo, las comunidades de pueblos originarios y campesinos con sus conflictos por la tenencia de tierras, conciliación y capacitación de mediadores.

Conciliación

En cuanto a conciliación judicial, indicó: "Esta forma de resolución puede aplicarse a nivel judicial, es decir en un conflicto cuando ya se trabó la litis y el juez entiende o merita que urge una conversación entre las partes para acercarlas a los efectos de proponer una solución".

A su vez, en la mediación intrajudicial, "se puede poner en práctica en Santiago del Estero. Consiste en convocar a las partes dentro del conflicto o estando planteada la contienda, derivar la misma a la Oficina de Mediación, práctica que ya dio muy buenos resultados".

Cabe destacar que el Cemarc cuenta con una mediación prejudicial, anterior y obligatoria al litigio, y un plan de mediación comunitaria que se extiende a los sectores más vulnerables, no sólo de Capital, sino también al interior.

Finalmente, abogó por la capacitación de los mediadores, a la que considera fundamental para lograr idoneidad en la actuación, ya que para ejercer como mediador matriculado el profesional debe acreditar 30 horas de capacitación comunitaria, como requisito sine qua non para ejercer esta tarea.

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