Zaffaroni en contra de la la reelección de Lorenzetti en la Corte Suprema Zaffaroni en contra de la la reelección de Lorenzetti en la Corte Suprema
"Desde hace muchos años vengo sosteniendo, y alguna vez lo sostuve en el pleno de la Corte, que ya que nosotros nos apartamos de la costumbre heredada de los Estados Unidos según la cual el presidente de la Nación elige al presidente de la Corte, como sucedió aquí hasta 1930, creía que lo mejor era que la presidencia de la Corte fuese rotativa, año por año, como sucede por ejemplo en Brasil y en muchas provincias argentinas. Se evitan las confrontaciones internas y la formación de bloques. Y queda claro que todos los ministros son iguales", agregó.
Por otro lado, también criticó el hecho de que la Corte esté integrada por cuatro miembros: "No me gusta una Corte de cinco ministros. Supone una enorme concentración de poder. Cinco es muy poco para reflejar el pluralismo que una Corte requiere. Y cuatro, que es como quedó por mi renuncia al cumplir 75 años, es peor. Durante casi diez años fuimos siete".
En este sentido, volvió a insistir en que para él el máximo tribunal tendría que tener 15 miembros especializados en distintas ramas del derecho. "Establecer una Corte Suprema con 15 jueces, como lo vengo sosteniendo desde hace años, no es una enormidad en el derecho comparado mundial. Es malo que no haya un penalista, un administrativista, un laboralista, un experto en Derecho previsional... La Corte tiene un equipo enorme donde sí hay especialistas, y buenos, pero ningún ministro de la Corte especializado en esas ramas".
Por último, Zaffaroni se mostró en contra de declarar inconstitucional normas votadas por mayorías a menos que contengan groserías a nivel jurídico. "Una norma sólo se puede declarar inconstitucional cuando es grosera. En caso contrario es muy delicado restar validez a normas sancionadas por mayoría popular. Por eso basta con que el juez sepa Derecho constitucional y los conceptos básicos del Derecho en general".
"No pienso que sólo aquí requiere especialización un juez que haga casación, incluso cuando sea miembro de la Corte y cuando la Corte no sea nominalmente un tribunal de casación. Vale para cualquier Tribunal de Casación del mundo. Al hacer casación el juez hace doctrina y baja línea interpretativa. Eso sólo puede hacerlo quien conoce la respectiva rama del derecho. No hay hoy jurista alguno que conozca en profundidad todo el Derecho. La complejidad es enorme. Conocer profundamente todo es imposible. Pese a que en cualquier lado hay quienes se venden como Leonardo Da Vinci del Derecho, lo cierto es que nadie, absolutamente nadie, está en condiciones hoy de hacer doctrina jurisprudencial en todas las ramas. Quien afirme lo contrario no es más que un 'chanta'".