Impulsan prohibición de la comercialización doméstica de la purpurina a nivel nacional Impulsan prohibición de la comercialización doméstica de la purpurina a nivel nacional
El proyecto establece también que los establecimientos que usen dicho producto en sus procesos productivos, deberán solicitar autorización al Ministerio de Salud y presentar los informes técnicos correspondientes, al tiempo que garantizan que no existe peligro o riesgo para la salud de los empleados que intervienen en ellos.
Asimismo, plantea que el producto comercializado deberá indicar en su envase, en forma visible, tanto que se trata de un producto tóxico como su composición química, a fin de que, en caso de accidente, los profesionales médicos puedan implementar el tratamiento adecuado en forma inmediata.
Según informes, la purpurina puede contener metales como cobre, plomo o zinc y derivados animales como la estearina, en cantidades y composición tal que tengan efectos nocivos para la salud.
Antecedentes
Como se recordará, el pasado martes, la Cámara de Diputados de la provincia sancionó una ley que prohíbe el uso de la purpurina en los establecimientos escolares de toda la provincia y de todos los niveles.
La norma, que conjuga los aportes de tres iniciativas de similares características, pero de diferentes bloques, también pide a los comercios que expenden purpurina, que coloquen un rótulo en el producto de que se trata de un elemento tóxico y que puede causar la muerte en caso de ingresar al organismo.
Esta ley fue a consecuencia del fallecimiento del menor de siete años, Mauro López, que aspiró por accidente este elemento y que le causó graves lesiones internas. Luego de tres semanas de pelear por su vida, el niño falleció el pasado sábado, provocando conmoción no sólo a nivel provincial sino nacional, y un fuerte debate sobre la utilización de esta sustancia.
Incluso, ya hubo una repercusión en la provincia de San Juan, donde también se prohibió la utilización de la purpurina en los establecimientos educativos.
Otros puntos que contiene la legislación provincial, es que establece un plazo de 60 días para que el Poder Ejecutivo Provincial reglamente la aplicación de la norma, a la vez que invitó a los distintos municipios de primera categoría: Capital, La Banda, Las Termas de Río Hondo, Añatuya y Frías, a que se adhieran a esta ley y sus restricciones.
En tal sentido, es de remarcar que el Concejo Deliberante de la Capital abordó sendos proyectos de ordenanza que prohiben el uso de la purpurina en los jardines de infantes municipales, para evitar estos accidentes.
En la última sesión, se decidió tratar las iniciativas con o sin despacho de comisión, en la sesión del próximo martes. l