Policiales

Excarcelan a un guardiacárcel, sindicado en 2024 de conformar una red de "pornografía infantil"

OSCURA: La red reunía a miles de personas, entre las cuales fue delatado el santiagueño. Sospechan que proveyó de "material" en agosto del 2023.

Cesaron los riesgos procesales y la Fiscalía ya se habría nutrido de las pruebas vitales. La investigación detectó el envío de material pornográfico del santiagueño, en 2023, a la red social Viber. MEDIDAS La libertad será materializada por un juez de Control y Garantías, con reglas de conducta y quizá fianza

La Cámara de Apelaciones dispuso ayer la libertad de un guardiacárcel, apresado el 29 de agosto del 2024 sospechado de conformar una "red de pornografía infantil", detectada y delatada por una ONG de los Estados Unidos.

Con votos de las vocales, Cecilia Vittar y Olga Gay de Castellanos, el alto cuerpo juzgó que cesó de cualquier riesgo procesal y dio luz verde a la libertad de N.A., originalmente detenido por "tenencia y distribución de pornografía infantil en perjuicio de menores".

El escándalo sobrevino el 29 de agosto. La fiscal Yésica Lucas requirió allanamiento y le fue otorgado por el juez de Control y Garantías, Darío Alarcón. Y una comisión policial, copó la vivienda del guardiacárcel e incautó, celulares y múltiples dispositivos.

El contexto, delicado

El operativo ha sido englobado en una investigación similar a otras tres en la provincia. Tuvo su origen en un reporte del National Center for Missing & Exploited Children (EE.UU.) que primero fue remitido al Ministerio Público de CABA, y luego al Ministerio Público de Santiago del Estero. El organismo internacional había detectado la actividad sospechosa de material de pornografía infantil a través de internet.

Todo coordinado, el allanamiento en Santiago fue parte de una operación a nivel nacional, con procedimientos simultáneos en Córdoba, Misiones, Tucumán y en Chile.

Prisión preventiva

El 17 de septiembre, el juez de Control y Garantías, Rodolfo Améstegui (foto), dictó la prisión preventiva del guardiacárcel.

A solicitud de la defensa, a cargo de Pablo Brizuela, el magistrado también declaró nulo los secuestros de material pornográfico, al juzgar que lo contrario violentaría el artículo 19 de la Constitución Nacional. "Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe", destaca lo dispuesto por la Carta Magna.

Ahora, Brizuela acudió al 4º piso de Tribunales, en busca de una mejor suerte. Después de un extenso debate, la Cámara concedió la libertad del guardia, pero la medida será cumplida recién por un juez de Control y Garantías en los días venideros.

Se deduce que la excarcelación constará de duras reglas de conducta y una fianza, personal o real.

Habría enviado "material" a la "red social Viber" en 2023

De la extracción de información de los aparatos atribuidos e incautados al guardiacárcel, trascendió que éste habría enviado material pornográfico al grupo de la red social "Viber" los días, 25 de agosto del 2023 y 27 de agosto del mismo año.

A criterio de los investigadores, la plataforma "Viber" corresponde a una aplicación gratuita para teléfonos inteligentes que permite a los usuarios realizar llamadas gratuitas de teléfonos, enviar mensajes y compartir archivos a cualquier persona que tenga la aplicación instalada.

El último eslabón

Por el contrario, su representado legal juzgó que el santiagueño era la "última cola y eslabón" de una larga cadena de personas inclinadas al consumo de tamaño "material".

Debate por la "tenencia" y la libertad

Brizuela señaló que el problema "menos grave que tiene la Fiscalía es la declaración de inconstitucionalidad de la tenencia simple y el más grave, la tipicidad en el concurso aparente de leyes. No se puede mantener el concurso, porque se concursaron los tipos y no los hechos, cuestión que también es motivo de agravio de la defensa".

Finalmente, el alto cuerpo le dio la razón parcialmente. Rechazó el recurso de la Fiscalía contra la nulidad del secuestro. Dejó sin efecto la declaración de inconstitucional de la tenencia simple de material pornográfico de menores. Hizo lugar parcialmente al recurso de la defensa, en cuanto a la calificativa legal de los hechos. Y otorgó la libertad al guardiacárcel.

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