Diputados aprobó la nueva Ley de Moratoria impulsada por el Poder Ejecutivo
Por mayoría, esta tarde la Cámara de Diputados sancionó y convirtió en Ley el proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo que establece el Régimen Especial de Regularización Tributaria y Moratoria Impositiva por las obligaciones vencidas al 30 de septiembre de 2024, inclusive, y cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas.
Durante una nueva sesión ordinaria conducida por el vicegobernador y titular natural del Poder Legislativo, Dr. Carlos Silva Neder la legislatura santiagueña aprobó un despacho de la Comisión Mixta de Legislación General y Economía; Presupuesto y Finanzas Publicas, y convirtió en Ley el proyecto remitido por el gobernador Gerardo Zamora y que establece un Régimen de Regularización Tributaria para el pago voluntario del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, Sellos, Automotores y Remolcados, y multas de los Art. 109° y 110° de la Ley 6.792.
En sus artículos la Ley establece que "los contribuyentes y responsables que se acojan al régimen obtendrán distintos beneficios, entre ellos condonación de multas e intereses, según la modalidad de adhesión y conforme a lo normado en la presente Ley" y que podrán formularse "desde la fecha de entrada en vigencia de la misma y hasta transcurrido noventa (90) días corridos desde aquella fecha, inclusive".
PLANES DE REGULARIZACIÓN
Entre otras disposiciones expresadas en sus diferentes Artículos, la norma señala que los contribuyentes y responsables de tributos adeudados tienen la opción de regularizar sus deudas vencidas al 30 de Septiembre de 2024, inclusive, a través de un pago de contado o un plan de facilidades de pago de hasta tres (3) cuotas mensuales, con los siguientes beneficios, según la fecha de adhesión y la forma de pago elegida:
a)Adhesión al presente régimen dentro de los primeros treinta (30) díascorridos desde la fecha de entrada en vigencia de la presente ley: Quita del 70% de los intereses consolidados devengados a la fecha de adhesión, en la medida que la totalidad de la deuda a regularizar se cancele de contado o en un plan de pago que no exceda tres (3) cuotas mensuales.
b)Adhesión al presente régimen a partir de los treinta y un días (31) corridos y hasta los sesenta (60) días corridos desde la fecha de entrada en vigencia de la presente ley: Quita del 60% de los intereses consolidados devengados a la fecha de adhesión, en la medida que la totalidad de la deuda a regularizar se cancele de contado o en un plan de pago que no exceda tres (3) cuotas mensuales.
c)Adhesión al presente régimen a partir de los sesenta y un días (61) corridos y hasta los noventa (90) días corridos desde la fecha de entrada en vigencia de la presente ley: Quita del 50% de los intereses consolidados devengados a la fecha de adhesión, en la medida que la totalidad de la deuda a regularizar se cancele de contado o en un plan de pago que no exceda tres (3) cuotas mensuales.
REGIMEN ESPECIAL DE HASTA 48 CUOTAS
En su ART. 11°, la Ley dispone: Los contribuyentes y responsables de tributos adeudados pueden regularizar sus deudas vencidas al 30 de Septiembre de 2024, inclusive, a través de un plan de facilidades de pago, dentro de los primeros noventa (90) días corridos desde la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, con los siguientes beneficios:
a)Quita del 40% de los intereses consolidados devengados a la fecha de adhesión al presente régimen en la medida que se cancele la totalidad de la deuda en un plan de cuotas de hasta cuarenta y ocho (48) meses.
APOYO MAYORITARIO
"Con este decisión, una vez más, este Gobierno provincial, encabezado por el gobernador Gerardo Zamora, demuestra que está presente y cerca de los santiagueños aportando soluciones que coadyuvan a los ciudadanos a superar este mal momento económico y social que estamos atravesando todos los argentinos por la decisiones que viene tomando el Presidente de la Nación y que perjudican al pueblo", remarcaron.