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AFIP simplifica la adhesión al régimen especial de bienes personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio un paso hacia la simplificación del acceso al Régimen Especial del Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) con la publicación de la Resolución General N° 5.570/2024 en el Boletín Oficial. Esta nueva normativa propone agilizar los trámites necesarios para que los contribuyentes puedan acogerse al pago anticipado de Bienes Personales, tal como se establece en la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.

Entre las principales modificaciones introducidas por la resolución, se destaca que para calcular el pago inicial o el impuesto a ingresar en el REIBP por bienes no regularizados, se permitirá descontar anticipos, pagos a cuenta, así como las retenciones y percepciones sufridas. Además, se podrán considerar los saldos a favor de libre disponibilidad de cualquier impuesto que se haya podido computar contra el saldo del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2023.

Asimismo, la AFIP, bajo la dirección de Florencia Misrahi, estableció que el vencimiento para la adhesión al REIBP por bienes exteriorizados en el régimen de regularización de activos coincidirá con las fechas límite previstas para las tres etapas de dicha regularización, en línea con lo dispuesto en el Decreto N° 773/2024.

El REIBP ofrece a los contribuyentes la posibilidad de tributar de manera unificada por todos los períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027, abarcando tanto los bienes que fueron exteriorizados en el Régimen de Regularización como aquellos que no se han incorporado a esta iniciativa.

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