Liberarán al comercio de las retenciones a cuenta de IVA y Ganancias
Economía incorporó nuevos instrumentos como alternativas para invertir los fondos que ingresen al país por el blanqueo de capitales. ALIVIO
En el marco de la reglamentación del Paquete Fiscal, el Gobierno eliminará las retenciones a cuenta de IVA y Ganancias en las ventas de los comercios, anunció el Ministerio de Economía. La medida se publicará en el Boletín Oficial en los próximos días, para los pagos que se efectúen a partir del 1 de septiembre de 2024, inclusive.
En la reglamentación del Paquete Fiscal, Economía amplió los beneficios al sector privado comprendidos en la norma y definió que ya no habrá más retenciones a cuenta de Ganancias e IVA a los comercios en las ventas con tarjetas de débito, crédito, compra y similares, los agrupadores, los agregadores y los demás procesadores de medios electrónicos de pago.
El artículo 102 del Paquete Fiscal definía que estas excepciones tenían un límite equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo (UVA).
La medida representa un enorme beneficio al sector privado formal que invierte y apuesta al crecimiento de la economía argentina, dijo el Palacio de Hacienda.
Además, consideró que la medida permitirá "fomentar la formalización de las transacciones, la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos".
Según Economía, la decisión también permite avanzar en los objetivos del Gobierno Nacional de impulsar la actividad económica y fomentar la utilización de los medios de pago que otorgan mayor transparencia y formalidad a la economía.
El Gobierno convocó también a las provincias a que se adhieran a este régimen y eliminen las retenciones de Ingresos Brutos y otros tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos comprendidos en la medida.
Blanqueo
Por otra parte el Ministerio de Economía incorporó nuevos instrumentos como alternativas para invertir los fondos que ingresen al país mediante el blanqueo de capitales, a través de la Resolución 759/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial.
La normativa dispuso agregar entre los instrumentos financieros disponibles para invertir los fondos del actual Régimen de Regularización de Activos, sancionado en el Paquete Fiscal, a las operaciones de adquisición de cuotapartes de fondos comunes de inversión, de acciones colocadas por oferta pública y de obligaciones negociables; a pagarés bursátiles y cheques avalados; y a títulos que sean aportados a fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca.
El blanqueo que ya está en marcha permite a los residentes y no residentes regularizar activos sin límite de monto ni costo alguno pero establece que deberán permanecer en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025 o solo habilita invertir en destinos autorizados.