Santiago

La promesa de lealtad a la Constitución Nacional: una ceremonia reciente en la escuela para revisitar la historia 

Por René Galván, Lic. en Historia.

Este 2 de mayo, estudiantes de tercer año de la educación secundaria de todos los establecimientos de la provincia de Santiago del Estero van a participar nuevamente de la Ceremonia de Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional. Esta actividad se sumó al calendario escolar en el año 2022con la Resolución Nº 492/22 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia, conforme a normativas nacionales. 

La sanción de la Constitución de 1853

Aunque la referencia histórica para esta ceremonia escolar es la sanción de nuestra Constitución Nacional en 1853, conviene tener presente el contexto previo. Luego de vencer a Juan Manuel de Rosas en febrero de 1852, el entrerriano Justo José de Urquiza encaminó las acciones para concretar la organización nacional. 

Un par de meses después se firmó el Acuerdo de San Nicolás, un pacto suscrito por representantes de las catorce provincias que conformaban la Confederación Argentina, y cuyo objetivo era reunir "un Congreso General (para) sancionar la constitución política que regularice las relaciones que deben existir entre todos los pueblos argentinos, como pertenecientes a una misma familia…" Al poco tiempo Buenos Aires decidió no ratificar el Acuerdo y formó un Estado aparte. 

El 1 de mayo de 1853 en el edificio del Cabildo de Santa Fe la Convención Constituyente formada por representantes de las trece provincias, entre ellas Santiago del Estero, sancionó el texto de la Constitución Nacional. Ese mismo día se cumplían dos años del Pronunciamiento de Urquiza en contra de Rosas (1851). Claro está que las casualidades no suelen existir en la historia.

El texto constitucional al que se arribó estuvo basado en varios documentos como el Pacto Federal de 1831, las Constituciones fallidas de 1819 y 1826, la Constitución de los Estados Unidos de América de 1787 y los aportes del tucumano Juan Bautista Alberdi, autor del libro Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina. Tras meses de debate, se estableció la forma de gobierno representativa, republicana y federal. 

En la Asamblea Constituyente de Santa Fe, Santiago del Estero estuvo representada por Benjamín Juan Lavaisse y José Benjamín Gorostiaga. Lavaisse fue uno de los tres constituyentes que eran sacerdotes. La figura de Gorostiaga es muy reconocida por ser uno de los redactores de la ley suprema de nuestra Nación, especialmente por su trabajo como adaptador de la constitución de los Estados Unidos. 

Santiago del Estero y su Constitución Provincial

El texto constitucional nacional establecía que todas las provincias debían dictar sus propias constituciones.  

En Santiago del Estero, en mayo de 1856 y luego de dos años de postergaciones, fueron elegidos los constituyentes. La Convención redactó el texto que fue elevado al Congreso Nacional y aprobado por este. El 25 de mayo de 1857 fue jurada la Constitución de la Provincia. 

Los primeros gobernadores del período constitucional fueron Juan Francisco S. Borges (hijo del precursor de la autonomía) y Pedro Alcorta, elegidos en 1857 y 1859 respectivamente. Ambos gobiernos estuvieron fuertemente influenciados por los hermanos Taboada, quienes mantuvieron la hegemonía en la provincia entre 1851 y 1875. 

Aunque en algunos casos, como el de Santiago del Estero, los debates y las sanciones de las constituciones provinciales hayan parecido más bien formalidades necesarias (apenas quince días para sancionarla en el caso santiagueño), las huellas del lenguaje institucional quedaron para marcar el rumbo de los discursos y de las acciones políticas de la época. 

La Constitución en la escuela

La Resolución N° 420/22 del Consejo Federal de Educación, con el objetivo de dar plena significatividad a la Ceremonia de Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional, establece que esta debe ser "complementada con una instancia previa de aprendizaje, reflexión y evaluación". Es un llamado al trabajo educativo previo a esta fecha puntual, pero también a una revisión constante en el aula de los preceptos de la Constitución como ley suprema. 

El solo análisis de la forma de gobierno posibilita abordajes múltiples, como la evaluación constante de nuestros representantes y de los intereses que representan, o si una ley, un conjunto de ellas o un decretazo no vulneran el republicanismo avasállenlas autonomías de las provincias; las que, en definitiva, son preexistentes a la Nación que comenzó a tomar forma de Estado en 1853.

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