Contadores piden incluir en paquete fiscal medidas para agilizar pagos de Afip
Apunta a que se disponga aplicativos para DD.JJ. de Ganancias y Bienes Personales 90 días antes de vencer
El Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas de Santiago del Estero (CPCESE) que preside el CPN Jorge Neme, suscribió junto con sus pares de todo el país, la propuesta elevada a la Cámara de Diputados de la Nación para incluir en el paquete fiscal de la Ley Bases que los aplicativos web que dispone la Afip para la confección, presentación y pago de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales estén disponibles 90 días corridos antes de las fechas de vencimiento general.
En la presentación del pedido, elevado al presidente de la Cámara de Diputados Martín Menem, los profesionales en Ciencias Económicas, apuntaron: "La sugerencia que acompañamos tiene como finalidad otorgar certeza a los sujetos obligados y a los profesionales de Ciencias Económicas".
Se trata de un insistente reclamo de la Federación para agilizar la presentación de las DD.JJ. y evitar la demora que todos los años se da al momento de disponer de los aplicativos web de Afip necesarios para liquidar esos tributos. Pidió que los cambios se incorporen al paquete fiscal que hoy espera tratamiento en el Parlamento
En concreto, la solicitud apunta a la Ley de procedimiento fiscal (Ley 11.683 t.o.1998), Título I, Capítulo III, Determinación y percepción de los impuestos. Declaración jurada.
Precisamente, los contadores aluden al art. 11 primer párrafo de la ley 11.683 (t.o.1998) establece que: "La determinación y percepción de los gravámenes que se recauden de acuerdo con la presente ley, se efectuará sobre la base de declaraciones juradas que deberán presentar los responsables del pago de los tributos en la forma y plazos que establecerá la Administración Federal de Ingresos Públicos. Cuando ésta lo juzgue necesario, podrá también hacer extensiva esa obligación a los terceros que de cualquier modo intervengan en las operaciones o transacciones de los contribuyentes y demás responsables, que están vinculados a los hechos gravados por las leyes respectivas".
"Con la finalidad de otorgar certeza a los sujetos obligados y a los profesionales de Ciencias Económicas, se incorpora un segundo y tercer párrafo en el artículo 11 de la ley 11.683 (t.o.1998)", indicaron. En esos párrafos "se establece que los servicios web necesarios para la confección, presentación y pago de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias, o del que lo sustituya en el futuro de personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas, así como del Impuesto sobre los Bienes Personales o del que lo sustituya en el futuro, deberán estar disponibles como mínimo 90 días corridos con anterioridad a las fechas de vencimiento general establecidas por la Afip".
Puntualizaron que además "con carácter de excepción, en relación con el período fiscal 2023, el vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas operará 60 (sesenta) días hábiles después de la puesta a disposición de manera definitiva en la página web de la AFIP de los sistemas necesarios para ello. La AFIP, establecerá y publicará las fechas mencionadas mediante el dictado de la Resolución General correspondiente", agregaron en el pedido.
"Creemos que el tratamiento del paquete fiscal es una excelente oportunidad para solucionar de raíz este problema de larga data que enfrentan los contribuyentes, y por ende, los profesiones de ciencias económicas que son quienes se encargan de confeccionar las declaraciones juradas y necesitan tiempo suficiente para cumplir con esta tarea", señaló el presidente de la Facpce, José Simonella.