Viaje a Marbella: confirman inhibición de bienes de Insaurralde, Cirio y Clérici
Así lo determinó la Cámara Federal de Casación Penal. JUSTICIA
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó hoy la inhibición general de bienes dispuesta contra el exintendente de Lomas de Zamora y exfuncionario bonaerense Martín Insaurralde, su exesposa y conductora televisiva Jesica Cirio y la modelo Sofía Clerici, informaron fuentes judiciales.
En la causa se investigan presuntos hechos de enriquecimiento ilícito de funcionario público y lavado de activos, que se achacan, entre otros, a quien fuera intendente de Lomas de Zamora.
La Sala cuarta de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Cirio.
El recurso estaba dirigido contra la decisión de la sala tercera de la Cámara Federal de Apelaciones de la Plata, que dispuso la inhibición general de bienes de Cirio junto a Insaurralde y Clérici.
La decisión unánime del máximo tribunal penal del país destacó que en el caso deben aplicarse las disposiciones establecidas por la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción y la ley de Ética Pública (ley 25.188).
En la misma dirección se señaló que también deben ser aplicadas las recomendaciones y protocolos propuestos por organismos internacionales contra el lavado de dinero, de los que la Argentina es parte, como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT).
Por lo demás, se señaló que la resolución adoptada, por su naturaleza y efectos, no resulta una sentencia definitiva o equivalente a tal, mientras que la parte recurrente tampoco acreditó una cuestión federal atendible, según surge de la resolución a la que accedió Télam.
Las actuaciones continuarán tramitando ante el Juzgado Federal 2 de Lomas de Zamora, que está siendo subrogado por el juez federal de La Plata Ernesto Kreplak.