Economía

Seis errores que provocan la pérdida del reintegro del IVA

Conviene tener en cuenta las condiciones para la devolución. A TENER EN CUENTA

Una de las preguntas que más se repite entre la gente es "¿Qué hago si no me devolvieron el IVA?". Si bien el programa lleva varios días de implementación, todavía hay personas que no vieron reflejadas en sus cuentas bancarias, la devolución. Por este motivo, te contamos los seis errores frecuentes que provocan la pérdida del reintegro del IVA.

Según el sitio Crónica, los mismos son:

1. Confundir las tarjetas alcanzadas

La devolución se realiza por las compras efectuadas solo con tarjetas de débito asociadas a cuentas bancarias, aunque también están adheridas las correspondientes a las asignaciones "Alimentar" y "Potenciar Trabajo". Las de crédito no están contempladas y tampoco las vinculadas a billeteras virtuales.

2. Confundir los pagos con billeteras virtuales aceptados

Algunas billeteras virtuales como Cuenta DNI, Mercado Pago y MODO están asociadas al programa y se puede abonar desde la aplicación. No obstante, la tarjeta de débito tiene que estar ingresada en cualquiera de ellas y debe elegirse este método de pago al momento de comprar los productos. De esta forma, no sirve hacerlo directamente con el dinero disponible en la cuenta.

3. Pagar con una transferencia bancaria

Si bien este método de pago puede resultar rápido y confiable tanto para los clientes como para los comerciantes, quienes se sienten cómodos con la idea de brindar su CBU o alias, elegirlo no contempla el acceso al reintegro del IVA. Esto sucede porque solo se permiten los pagos con tarjetas de débito.

4. No tener la CBU declarada ante la AFIP

Esta es una de las equivocaciones más frecuentes, puesto que la clave del interesado tiene que estar declarada en la AFIP: si no hay ninguna asociada a la persona, no habrá dónde hacer la devolución. Ciertos grupos de personas como trabajadores registrados, jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales no suelen tener problemas al respecto. Los monotributistas y el personal doméstico, en cambio, presentan este inconveniente.

5. Comprar en un comercio no adherido al programa

Si se opta por un comercio que no está incluido en el programa (porque no está inscripto ante la AFIP), el reintegro aplicado sobre el monto total gastado no se hará. En líneas generales, todos los negocios minoristas y mayoristas están incluidos, y aplica para adquirir productos de varias categorías (lácteos, carnes, productos de almacén, pan, productos farmacéuticos, etcétera).

6. Exceder el tope mensual

El monto mensual reintegrado no podrá superar los $18.800, el cual se alcanza al realizar compras que sumen $89.523. Por ese motivo, conviene tener un registro de las operaciones hechas, así como de la devolución por cada transacción. Cabe aclarar que el límite es por persona y no por grupo familiar, es decir, que varios habitantes de un mismo hogar pueden aprovecharlo.

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