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Excarcelan al acusado de atacar y abusar de una mujer y le fijan reglas de conducta

Había sido apresado el 31 de mayo, tras un incidente en la casa de la mujer. Para la Fiscalía, correspondía la preventiva. Para la defensa, las pruebas eran endebles.

El juez de Control y Garantías de Las Termas de Río Hondo, Diego Vittar, rechazó un pedido de prisión preventiva en contra de un obrero, a quien se acusaba de abusar sexualmente de una mujer en su propia casa y, en consecuencia, le concedió la excarcelación.

El procedimiento se había realizado el 31 de mayo en una zona rural de Río Hondo, al detenerse al individuo e imputárselo por presunto “abuso sexual con acceso carnal”, de acuerdo con la investigación que impulsó el fiscal Carlos Vega.

Treinta días después, el fiscal requirió audiencia, en cuyo transcurso instó al magistrado a dictarle la prisión preventiva al sujeto por “abuso sexual con acceso carnal”.

Por el contrario, la defensa, a cargo de Dalmiro Cruz, se opuso a la medida, “por no encontrarse reunidos los requisitos del artículo 178 del Código Penal”.

En ese sentido, Cruz pidió “el cambio de calificativa a lesiones leves”, por entender “que no hay evidencias que acrediten la figura del abuso sexual con acceso carnal”.

Después de merituar las dos posiciones, el magistrado concedió el cambio de calificativa al imputado y le otorgó la excarcelación, previo fijarle reglas de conducta. Las más importantes, distancia absoluta de la víctima y no intentar vincularse o comunicarse, ya sea en persona, celulares, o redes sociales. l


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