FIGUEROA

Llevó a una joven del boliche a su casa, pero la violó en el camino y un amigo filmó todo con un celular

El acusado es un motociclista que se encuentra preso. Le fue dictada la prisión preventiva y ratificada en la víspera.

Un vecino del departamento Figueroa proseguirá detenido, ya que la Cámara de Apelaciones confirmó su prisión preventiva por presunto abuso sexual de una joven en la Nochebuena del 2019 -tras asistir a un boliche-, ataque que fue filmado con un celular por uno de sus amigos.

Así lo dispuso el alto cuerpo ayer, integrado por los vocales Raúl Romero y Cristian Vittar, en una investigación iniciada en diciembre del 2019, según lo destacaron las fiscales Vanina Aguilera y Natalia Malachevsky. Por la defensa, intervinieron Sergio y Miguel Ángel Brandán.

La Fiscalía detalló que en diciembre la joven asistió a un boliche. En la madrugada, el acusado, víctima y amigas regresaron a sus casas en dos motos.

Víctima e imputado salieron atrás de otra moto en que iban las amigas de la chica. En la oscuridad, el acusado ingresó por una zona montuosa. La descendió, obligó a desnudarse y accedió sexualmente.

La jovencita señaló que mientras era vejada arribó otra moto y un sujeto habría filmado mientras era abusada. Luego, los dos individuos se fueron y la abandonaron en el monte. La víctima arribó shockeada, a una casa y pidió ayuda.

El 4 de marzo, el acusado fue apresado y el 13 de abril se le dictó la preventiva por ‘abuso sexual con acceso carnal’ por la jueza de Género, Norma Morán.

La defensa objetó la resolución y la fundamentaron ayer en audiencia, considerándola ‘arbitraria, por falta de fundamentación’.

Por el contrario, las fiscales ratificaron la plataforma fáctica: “Nos oponemos a la nulidad, ya que la defensa no lo expuso en su memorial de agravios”.

Asimismo, defendieron la preventiva al sostener: “Estamos viviendo una pandemia y no podemos ser estrictos en cuanto al vencimiento de plazos porque sería irracional. Por la situación anormal y no se puede ser estrictos en relación al plazo. El mero vencimiento no da lugar a la liberación del imputado, hay que analizar la causa que es grave. Se trata de un delito de abuso sexual con acceso carnal”.

El vencimiento de los plazos no es sinónimo a libertad

 Después de escuchar los planteos y fundamentos de las dos partes, los vocales confirmaron la prisión preventiva (por unanimidad), al resaltar: “La plataforma fáctica no fue cuestionada por la defensa y no hubo objeciones”. El alto cuerpo juzgó que el recurso de nulidad “está inserto dentro del de apelación”. Al referirse a los plazos procesales, dejó en claro “que la Cámara no sostiene el criterio que el solo vencimiento de plazos produce la libertad de manera automática”. El tribunal ratificó la prisión preventiva, por entender que el proceso contaría con diversos elementos inobjetables, dentro del cúmulo de pruebas.l

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