Te contamos cómo será la compensación
El ProCreAr destinará los fondos necesarios para cubrir por 15 meses (a partir del mes de octubre de 2018) el exceso pagado en la cuota (cuota en UVA – cuota en CVS por 1,1), a todos los deudores en UVA para la vivienda no incluidos en el sistema de compensación anterior, otorgados por entidades financieras, y que cumplan con todas las condiciones siguientes:
Hayan tomado créditos ajustables por UVA por montos que, al momento del desembolso, no hayan superado el equivalente en pesos de 120.000 UVAHayan destinado los créditos a la adquisición de una Vivienda Familiar, Única, Permanente con un valor de compra o tasación, de ambos el menor, inferior a las 140.000 UVAEn la actualidad no sean propietarios o copropietarios de otro inmueble.Los bancos deberán remitir mensualmente un régimen informativo (el mismo que se utiliza para los beneficiarios incluidos en el sistema de cobertura UVA CVS para los de ProCreAr) sobre los créditos de los beneficiarios de este subsidio en los que se haya superado el límite establecido para compensar.
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En ambos casos (beneficiarios ProCreAr y deudores por viviendas de hasta 140.000 UVA), una vez validada la información y subsanados los eventuales errores, se desembolsará a cada banco el total de fondos necesarios como para acreditar en la cuenta de cada beneficiario la diferencia entre la cuota convenida con el banco (en UVA) y el límite establecido (CVS por 1,1).
En el caso de los deudores no incluidos en la Cobertura UVA CVS para deudores de ProCreAr, el solicitante presentará una declaración jurada que cumple con los requisitos, sin perjuicio de la posibilidad de la entidad financiera de aportar el dato de la tasación del inmueble utilizada para el otorgamiento del crédito hipotecario. También el solicitante deberá agregar una copia simple del testimonio de la escritura de compra del inmueble del que resulta el precio de compra.