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Pasajeros podrán constatar legalidad de colectivos de turismo

Ya comenzó a regir plenamente para los vehículos que prestan servicios de turismo nacional, no incluye los micros de larga distancia que salen de una terminal, la obligación de exhibir un Documento Universal de Transporte (DUT). El objetivo central, según explicaron desde la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), es "evitar los viajes clandestinos e involucrar a la ciudadanía en la fiscalización del transporte".

En la actualidad sólo el 1% de estos servicios son controlados. "Cuando un colegio, un club de jubilados o un club de fútbol contrata una agencia para transportar estos contingentes, los pasajeros y la propia institución puede saber que tanto el vehículo como su conductor están en condiciones de prestar el servicio. Lo que implica que antes de poder subir pasajeros, el propietario del vehículo tiene que completar los trámites de habilitación del DUT y ponerlo en un lugar visible para que cualquiera pueda acceder a esa información", sostiene Pablo Castano, director ejecutivo de la CNRT.

El DUT es una declaración jurada que realiza la empresa, donde afirma que el vehículo, los conductores y las medidas de seguridad fueron controladas y que se cumple con todo lo necesario para brindar el servicio. En caso de que no se encuentre el exhibido, o que al consultar el dominio del vehículo la página informe que no existe, lo mejor será no utilizar ese medio, recomiendan desde la CNRT.

"A nivel nacional, se realizan unos 150 mil viajes anuales de turismo y en 2018 sólo se controlaron 1.500 vehículos. Hay muchos viajes que realmente no se sabe si están habilitados y si todos los aspectos de seguridad están acordes a la norma"

La obligatoriedad del DUT se había establecido a fines de marzo a través de una resolución del Ministerio de Transporte. Pero ahora, con el publicación del "Manual del Transportista" en el Boletín Oficial, se establecieron las sanciones para los que incumplan la normativa. En estos 45 días no se aplicaron multas y se consensuaron ajustes entre los transportistas y la CNRT.

La multa por la falta del DUT o por tenerlo con datos inexactos será de 5 mil boletos mínimos (es decir, 90 mil pesos), y ascenderá a 18 mil boletos mínimos (324 mil pesos) si el documentos está adulterado o falsificado.

Para que el pasajero pueda constatar que toda la información está en regla, basta con apuntar con la cámara del celular al código QR que se muestra bajo la DUT. A continuación, se informa si el vehículo y el conductor están habilitados para realizar el viaje. También se puede verificar por Internet (en el sitio de la CNRT) con el dominio del vehículo.

La empresa de transporte tiene la obligación de generar el DUT con una firma certificada por la AFIP. Este documento, que tiene carácter de declaración jurada, deberá ser exhibido en el vehículo y al momento de realizar cambios, los conductores deben informar a la empresa para modificaciones de último momento, previo a la partida del vehículo.


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