EXPLICACIÓN TÉCNICA

Qué es y cuándo se aplica el juicio abreviado

Esta metodología se encuentra contemplada en el Código Procesal de Santiago del Estero y es contemporánea a la entrada en vigencia del Sistema Penal Acusatorio.

Para conocer sus particularidades y forma de aplicación, el Área de Prensa del Poder Judicial dialogó con profesionales del Derecho, que conceptualizaron al juicio abreviado como el instituto procesal que busca simplificar el sistema de enjuiciamiento penal, por medio de procedimientos que simplifican trámites y acortan plazos en la resolución de la causa.

Esta metodología, que se encuentra contemplada en el Código Procesal de Santiago del Estero, es contemporánea a la entrada en vigencia del Sistema Penal Acusatorio, en el que se regulan los aspectos centrales del proceso.

Cuando se cumplen con los supuestos que el Código establece fehacientemente y, una vez observados los requisitos, los actores pueden solicitar al magistrado interviniente esta modalidad de enjuiciamiento, indicaron los especialistas en la materia.

En cuanto a las condiciones de procedencia, señalaron que debe tratarse de un pedido del fiscal, cuando se trate de un delito con pena privativa de libertad, no mayor a quince años o de una pena no privativa de libertad, aún cuando proceda en forma conjunta, conforme lo establecido por el artículo 422 del Código de Procedimiento Penal, puntualizaron las fuentes consultadas.

Asimismo, es una exigencia para que proceda un acuerdo entre el imputado, el defensor y el fiscal. En tal caso, el magistrado puede admitir el pedido, dictando sentencia o bien desestimar la solicitud, ordenando que el proceso continúe.

Este supuesto ocurre cuando el juez no haya podido constatar realmente que la voluntad del imputado ha sido viciada en el momento de prestar su consentimiento, o cuando hay un error insalvable en la calificativa legal que afecta la congruencia del proceso, explicaron los entrevistados.

Cabe mencionar que en el juicio abreviado, el imputado asume su participación y la atribución de la responsabilidad por la calificativa legal que se le atribuye y, en tal situación, acepta o negocia la pena a través de su abogado.

Diferencia con suspensión de juicio a prueba

Frecuentemente, se emparenta el juicio abreviado con la suspensión de juicio a prueba. Sin embargo, ambos institutos presentan particularidades que permiten diferenciarlos claramente.

La “probation”, como se la conoce habitualmente a la suspensión de juicio a prueba, está contemplada en el artículo 76 bis del Código Penal. Establece que debe tratarse de un imputado por un delito de acción pública reprimido con reclusión o prisión, cuyo máximo no exceda de tres años.

En este caso, se suspende la realización de juicio a cambio de que el imputado realice tareas comunitarias ordenadas por el juez, remarcaron las fuentes.

La finalidad es que el imputado cumpla con las directivas impartidas por el magistrado. Si las cumpliera a todas fehacientemente, transcurrido el plazo de suspensión del proceso, se resuelve su desvinculación del hecho delictivo que se le atribuye.



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