DEMANDA

La Corte se pronunció sobre un reclamo de la Municipalidad de La Banda

La Corte Suprema resolvió en un fallo que los municipios son autónomos económica y financieramente de las provincias.

En la resolución dictaminó que el Superior Tribunal de Justicia de nuestra provincia "no puede negarse por motivos formales a tratar el planteo por el cual la ciudad de La Banda denuncia que el Gobierno de la provincia de Santiago del Estero no actualiza los índices en base a los cuales distribuye los fondos de la coparticipación entre los municipios de la provincia", señala el máximio tribunal del país en su fallo que fue publicado en el Centro de Información Judicial (CIJ) que también emitió un parte de prensa al respecto.

En el comunicado, señala que por lo tanto, esta resolución habilita a la municipalidad bandeña a iniciar ante el Superior Tribunal de Justicia local las acciones propias del juicio y esperar el fallo, en el cual se podrá aportar las pruebas para justificar su reclamo.

La Corte Suprema explicó que la Constitución de Santiago del Estero "consagra la autonomía municipal y establece un régimen de coparticipación a los municipios; que en ese marco se fijaron por ley las bases del reparto de fondos en función de una serie de pautas tales como el porcentaje de población total, la cantidad de personas con necesidades básicas insatisfechas y la proporción de población rural en cada municipio".

Precisó que el Gobierno provincial "es el encargado de calcular año por año la distribución específica de los fondos de la coparticipación".

De acuerdo con lo señalado por el CIJ, la ciudad de La Banda denunció que es precisamente en este punto en dónde el Gobierno provincial no cumple con la ley: "La provincia no realiza los ajustes anuales, sino que continúa aplicando los índices previstos para el año 1998".

La municipalidad sostuvo que así se configura el daño, porque si se cumpliese con la actualización de ese índice, recibiría mayores sumas de coparticipación dada la variación de las pautas que la ley considera para el reparto de fondos".

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