SEGURIDAD

La Anmat prohibió una miel, un jugo y una marca de arroz

Las resoluciones fueron publicadas ayer en el Boletín Oficial, y tiene vigencia en todo el territorio nacional.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) publicó ayer en el Boletín Oficial una serie de disposiciones en las que prohíbe la comercialización y consumo de varios alimentos, entre ellos una miel, un jugo, un suplemento dietario y una marca de arroz.

La disposición establece la prohibición del producto "Miel de la pradera 100% natural", originaria de las Sierras de Córdoba, RNPA Nº 036-42101819, RNE Nº 42-189981.

"El producto carece de autorizaciones de establecimiento y de producto, resultando ser un alimento ilegal", sostiene el texto oficial.

Otra de las disposiciones, alcanza al "Jugo 100% natural pomelo", marca: "Estancia los Naranjos", RPE Nº 22225T2015, RNPA, como asimismo a todo otro producto rotulado con el RPE indicado.

"Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo con lo normado por el Artículo 9º de la Ley 18.284", agregó la disposición.

Además, se prohibió la comercialización del suplemento dietario "OxyElite Pro", que según las descripciones que se encuentran en la web, quema grasa, disminuye el apetito y aumenta la energía. Según la investigación de la Anmat, este producto "infringe el Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de autorización de producto y de establecimiento, resultando ser un producto ilegal". Por último, la disposición alcanza al Arroz largo fino, 00000, marca San Javier, elaborado y envasado por Denong SRL.

El producto estaba rotulado como "libre de gluten", pero la Anmat estableció que no estaba registrado según lo que establece la normativa vigente.

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