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La Anses informó sobre el subsidio de Contención Familiar

La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) recordó a la comunidad que ante el fallecimiento de titulares de jubilaciones o pensiones residentes en el país o el exterior, abona una suma fija de $6.000 por el Subsidio de Contención Familiar.

Este subsidio deberá ser solicitado dentro del plazo de un año a partir de la fecha de deceso del causante, especificó el organismo.

Hizo saber también que para la percepción de esta asignación se deberá respetar el siguiente orden de prelación:

a) Personas físicas que hayan denunciado el fallecimiento y acrediten haber pagado la cobertura de sepelio/cremación del causante, a través de la factura a su nombre, extendida por la empresa funeraria que realizó el servicio; constancia emitida por una entidad, en la que se acredite que el solicitante abonó el sepelio/cremación en forma directa o mediante un seguro.

b) Derechohabiente previsional, siempre que no se presenten las personas físicas indicadas anteriormente y no se haya excedido el año de fallecimiento, se deberá otorgar el subsidio a través de la aplicación Subsidio de Contención Familiar Web en www .anses.gob.ar.

c) Los herederos del causante que no sean derechohabientes previsionales. Accederán al subsidio si no se presentaron las personas físicas indicadas en los puntos a y b y no se haya excedido el año de la fecha de fallecimiento del titular.

El beneficio se podrá gestionar en las sucursales que el organismo tiene en todo el país, o bien durante los operativos de "El Estado en tu barrio".

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