BOLETÍN OFICIAL

Macri firmó el decreto que modifica la Ley de Migraciones

Se agiliza la deportación y la prohibición del ingreso al país a extranjeros vinculados con el delito. Qué dice la nueva norma.

Luego de una semana de especulaciones, el presidente, Mauricio Macri, le puso la firma al decreto que endurece los controles migratorios en la Argentina: a través del Boletín Oficial, el Gobierno Nacional formalizó cambios en la Ley de Migraciones (25.871) mediante el decreto 70/2017. Se acortan así los tiempos para definir la expulsión de un extranjero con antecedentes penales.

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Macri había puesto el tema en agenda y venía preparando los cambios. Con el ejemplo del narco peruano Marco Antonio Estrada González, que luego de ocho años aún no puede ser extraditado, el jefe de Estado pidió analizar cambios en la Ley 25.871, de Migraciones; y en la 346, de Ciudadanía.

El documento apunta al "crimen organizado internacional". "La necesidad de trabajar incesantemente en el perfeccionamiento del orden normativo migratorio adquiere especial importancia frente a fenómenos actuales como la globalización, la internacionalización del turismo y el crecimiento del crimen organizado internacional", explica el documento oficial. Y para justificar la medida, apunta a la "duración de los procesos administrativos y judiciales en materia migratoria, los que atentan contra el debido proceso legal y pueden acarrear al Estado Nacional responsabilidad internacional, de conformidad con lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en reiterados fallos". 

El texto además recupera cifras sobre migración y delito: "la población de personas de nacionalidad extranjera bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal se ha incrementado en los últimos años hasta alcanzar en el 2016 el 21,35% de la población carcelaria total y en los delitos vinculados a la narcocriminalidad, un 33% de las personas bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal son extranjeros". Por estas razones, las principales modificaciones a la ley, que impactan tanto en los nuevos visitantes como en los residentes, apuntan a endurecer los controles:


*No podrán entrar narcotraficantes al país. Se trata de quienes tengan condenas sobre casos relacionados a este tipo de delitos. El inciso C del artículo 29 de la ley actual impide entrar a quienes están en condiciones de "haber sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres años o más".


* Divide a los delitos entre comunes y, por otro lado, al tráfico de drogas, personas, armas, órganos y tejidos (categoría nueva) lavado, inversiones ilícitas.

  

* Tampoco podrán entrar al país quienes tengan antecedentes penales en el país de origen o antecedentes de haber participado de alguna organización de crimen organizado, como narcotráfico, trata, tráfico de órganos. Esto es independiente de que haya condena. Y "sólo con un informe que diga que la persona está en una red de terrorismo se podrá impedir el ingreso o tramitar la expulsión".


* Los inmigrantes que hayan pagado para ser traídos al país podrán obtener la residencia y evitar la expulsión si colaboran para dar con el traficante de personas que lo trajo a la Argentina.


* Tendrán impedido el ingreso a Argentina las personas que presenten documentación falsa u omitan informar sobre sus antecedentes penales.


* Hasta ahora la prohibición de reingreso al país luego de una expulsión era de cinco años. Con la nueva norma será de ocho años por delitos dolosos y 5 años por delitos culposos.


* El decreto alcanza a las residencias en trámite. Y puede dar de baja la residencia en determinados casos: fraude en la documentación y condenas (estén o no firmes) por los delitos arriba mencionados.


 * Se cancela la residencia permanente "a quien hubiese permanecido fuera del territorio nacional por un período superior a dos años o la mitad del plazo acordado, si se trata de residencia temporaria, excepto que la ausencia obedezca al ejercicio de una función pública argentina o se haya generado en razón de actividades, estudios o investigaciones que pudiesen ser de interés" .


* Quienes no tengan los medios económicos tendrán derecho a un abogado gratuito que los asista.


El boletín considera que la Argentina, actualmente, vive "una situación crítica que amerita la adopción de medidas urgentes".


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