FALLO

Casación Penal apartó a todo el tribunal y cayó el juicio Megacausa III de lesa humanidad

Ahora, debe conformarse un nuevo tribunal y comenzar de cero el proceso con apertura de plazo para presentación de pruebas y planteos. Cuáles son las objeciones que dieron lugar a la decisión.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal apartó a los magistrados María Alicia Noli, Juan María Ramos Padilla y José María Villalobo al frente del Tribunal Oral Federal (TOF) de Santiago del Estero, que llevaba adelante la Megacausa III.

El tribunal de apelación, integrado por los jueces Juan Carlos Gemignani,Gustavo M. Hornos y Mariano Hernán Borinsky, entendió que la continuidad de estos funcionarios judiciales en el caso comprometía "las garantías de imparcialidad".

Pero en el mismo fallo, remarcó que "la jurisdicción de Santiago del Estero atraviesa una situación de particular singularidad y complejidad en lo que refiere a la composición del tribunal que se encuentra a cargo del juzgamiento de los hechos de la presente causa". Así, se refirió a la falta de integración del tribunal por jueces naturales. Es por eso que mandó una copia del fallo al Consejo de la Magistratura, para que resuelva la integración del TOF Santiago del Estero. Como se recordará, el concurso 273 para cubrir dos cargos está en su etapa final, mientras que un segundo concurso para cubrir la última vacante, se encuentra en su etapa inicial.

De este modo, Casación Penal hizo lugar a los planteos que realizaron las defensas públicas y particulares, tanto en la audiencia preliminar como también en los incidentes previos al inicio del debate.

Ahora, es Casación Penal la que debería resolver cómo se integra un nuevo tribunal que comience con el proceso de juicio oral de cero, con apertura de plazo de presentación de pruebas y planteos, indicó una fuente vinculada al juicio.

El alto tribunal cuestionó que el TOF haya rechazado in límine las recusaciones en contra de Alicia Noli y José María Pérez Villalobo, sin haber fundamentado el rechazo. En el caso de la recusación a Juan Ramos Padilla, también se le objeta haberse limitado "a analizar jurídicamente la viabilidad de la recusación que fuera interpuesta a su respecto", y no responder con mayor fundamentos.

Además, señaló que Noli y Pérez Villalobo contrariaron una normativa de la Corte Suprema, al haberse reunido con el Ministerio Público Fiscal y querellas, y no haber dado participación a la defensa.

Los abogados defensores de la mayoría de los imputados, denunciaron que los integrantes del TOF, fueron querellantes en otras causas por delitos de lesa humanidad (Ramos Padilla, Pérez Villalobo) o que habrían pertenecido al ERP (Noli).

‘Los motivos del apartamiento solicitado analizados de forma integral y global permiten concluir partes y en la sociedad dudas razonables acerca de la imparcialidad del tribunal recusado’, sostiene el fallo que emitió al respecto la Sala IV.

Durante la mayoría de las audiencias, que se iniciaron el 22 de agosto pasado, el abogado Facundo Maggio, defensor del ex juez federal Olmedo De Arzuaga y Fiorini, había denunciado que la suspensión del juicio ‘era la única alternativa posible para llegar a una sentencia justa’.

‘Si los jueces recusados hubieran tramitado los planteos en tiempo y forma, hoy no estaríamos en esta situación y en un desgaste evitable’, sostuvo el letrado.

Tras la suspensión del proceso oral y el apartamiento de los magistrados federales, se deberá ahora designar a los nuevos integrantes de un nuevo Tribunal Oral Federal.

Los magistrados que sean nombrados deberán juzgar a los 12 imputados, por delitos de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 34 víctimas, antes y durante la última dictadura militar.

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