DECISIÓN

La Corte Suprema rechazó un pedido de Carrió sobre las declaraciones juradas

La diputada nacional había pedido que hagan públicas sus declaraciones juradas de bienes, al igual que todos los funcionarios públicos.

Por unanimidad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó el procedimiento establecido por el Máximo Tribunal, a través de la acordada 9/2014, para la consulta de las declaraciones juradas patrimoniales de sus magistrados y funcionarios.

La resolución, firmada por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, fue ante una presentación de los diputados nacionales Elisa Carrió y Fernando Sánchez, en la que requerían la remisión de copias de dichas presentaciones y que se dicte una nueva reglamentación adecuando aquella acordada a lo establecido por la ley 25.188 y concordantes.

A través de un comunicado, Carrió criticó el fallo al considerar que "hay desigualdad ante la ley porque el resto de los funcionarios públicos y legisladores deben hacer público toda su declaración y ponerla a disposición de cualquier persona en internet".

Fundamentos

El Máximo Tribunal hizo saber a los legisladores que la acordada "resulta una reglamentación constitucionalmente apropiada del régimen normativo vigente", y que al dictar la acordada 9/2014, tal como lo autoriza la Constitución Nacional, la Corte "no hizo más que poner en ejercicio facultades reglamentarias a fin de adaptar el régimen por entonces vigente a los requerimientos de la ley 26.857 y siguiendo, a este efecto, los parámetros y el espíritu establecidos por dicha ley".

Según la acordada, la declaración jurada integral patrimonial (anexo público) "podrá consultarse exclusivamente través de la página web del Tribunal (www.csjn.gov .ar). Para ello, el solicitante deberá identificarse y quedará sometido a las disposiciones y sanciones previstas en las leyes 25.188 y 25.326. l

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